Argentina: La Justicia ordena pruebas tras denuncia contra el proyecto de planta de hidrógeno verde en Paysandú

12.04.2026

ENTRE RÍOS (Uypress)- La Justicia Federal de Argentina dio lugar a una acción preventiva de daño ambiental presentada por legisladores del peronismo de Entre Ríos en contra de la instalación de la planta de hidrógeno verde en Paysandú, resolución judicial que se enmarca en una demanda de carácter preventivo presentada contra el Estado uruguayo y la empresa HIF Uruguay SA, en la que se advierte sobre la posibilidad de un “daño irreparable” al ambiente en la región del río Uruguay.

 

Así surge del expediente, según informó diario El País: los legisladores argentinos Guillermo Michel (diputado), Marianela Marclay (diputada) y Adán Bahl (senador) sostienen que el proyecto podría avanzar "sin cumplir con las disposiciones del Estatuto del Río Uruguay ni con antecedentes jurisprudenciales internacionales, como el caso Botnia-UTPM", lo que motivó el reclamo judicial para frenar o mitigar eventuales impactos.

En ese contexto, el juez federal Hernán Viri entendió que la naturaleza del caso exige una respuesta preventiva basada en los principios de "precaución y prevención que rigen el derecho ambiental". La resolución destaca que este tipo de procesos obliga a adoptar medidas expeditivas para "evitar la frustración de derechos fundamentales", en línea con lo establecido por la Constitución argentina y la ley general del ambiente.

Uno de los aspectos centrales del fallo es la habilitación de la producción de prueba anticipada, una herramienta procesal que permite recabar evidencia antes de la etapa formal de prueba cuando existe el riesgo de que esta pueda perderse o volverse inaccesible. En este caso, el tribunal consideró que, dada la complejidad técnica y la posible evolución del proyecto industrial, resultaba razonable adelantar la obtención de información clave para evaluar sus impactos.

Medidas

Dentro de las medidas dispuestas, se incluye no solo la solicitud de informes a organismos uruguayos y binacionales, sino también la realización de una "pericia ambiental a cargo de un biólogo designado de oficio, quien deberá analizar los puntos planteados en la demanda". A esto se suma la realización de un reconocimiento judicial en el área involucrada, que se llevará adelante una vez que el perito acepte el cargo, lo que permitirá observar directamente las condiciones del entorno donde se proyecta la planta.

En paralelo, el fallo también delimita el alcance de las pruebas admitidas. Mientras que se dio curso a la prueba documental, informativa y pericial, el juez rechazó la incorporación de prueba testimonial al considerar que "no se justificó la imposibilidad de producirla en la etapa procesal correspondiente, como exige la normativa vigente".

Finalmente, y ante la complejidad de notificar a las partes demandadas -entre ellas el Estado uruguayo y empresas radicadas en Uruguay-, el tribunal dispuso la intervención de la Defensoría Pública Oficial "para garantizar el derecho de defensa y la bilateralidad del proceso, evitando así demoras que puedan frustrar el objetivo de las medidas preventivas adoptadas".

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2026-04-12T12:52:00

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