Caso Carrera: tribunal avala denuncia por eventual irregularidad en actuación de Fiscalía
05.09.2026
MONTEVIDEO (Uypress)- La segunda instancia confirmó que se informe a Fiscalía de Corte sobre una eventual irregularidad: Fleitas obtuvo declaraciones de Carrera de la Jutep sin orden judicial.
Según recuerda diario El Observador, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno confirmó la resolución de la jueza de garantías Diovanet Olivera que dispuso poner en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación una eventual irregularidad en la obtención de pruebas durante la investigación contra el exsenador frenteamplista Charles Carrera.
La decisión representa un nuevo fallo favorable a la defensa de Carrera en segunda instancia, mientras continúa el proceso que deberá desembocar en el juicio oral y público contra el exlegislador, acusado de fraude y utilización indebida de información privilegiada.
El episodio se originó por la forma en que la Fiscalía de Delitos Económicos de 2º Turno, encabezada por Sandra Fleitas, obtuvo las declaraciones juradas que Carrera había presentado ante la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep).
Según consta en la sentencia, Fleitas solicitó directamente a la Jutep las declaraciones juradas correspondientes al período comprendido entre 2015 y 2020, y el organismo las entregó el pasado 16 de abril.
La defensa de Carrera cuestionó el procedimiento porque se trata de información reservada y sostuvo que la Fiscalía debía contar previamente con autorización judicial, de acuerdo con lo establecido por la Ley 17.060, que regula la actividad de la Jutep.
La jueza dispuso informar a Fiscalía de Corte
Ante el planteo de la defensa, la Fiscalía argumentó que la cuestión ya había sido discutida durante una audiencia realizada el 24 de abril y que, por el principio de preclusión procesal, no correspondía volver a analizarla.
También sostuvo que la defensa no había identificado un derecho o una garantía constitucional concretamente vulnerados. Fiscalía agregó que, si la Jutep hubiera considerado imprescindible contar con una orden judicial antes de entregar las declaraciones, debería haberlo comunicado cuando recibió la solicitud.
La jueza Olivera no compartió esa posición y resolvió poner los hechos en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación ante la posibilidad de que existieran responsabilidades o nulidades. Fiscalía apeló esa resolución, llevando el diferendo ante el Tribunal de Apelaciones.
El tribunal respaldó a la jueza
La segunda instancia confirmó ahora la decisión. El tribunal estableció que, aunque la investigación desarrollada por Fiscalía tiene naturaleza administrativa, el juez de garantías posee la potestad y la obligación de controlar que las diligencias realizadas durante esa investigación respeten la legislación y los derechos fundamentales del investigado.
En consecuencia, entendió que la decisión de Olivera de remitir los antecedentes a la máxima autoridad de Fiscalía estuvo "ajustada a derecho"
El fallo diferencia, además, dos cuestiones. Una es determinar si existió una irregularidad en la obtención de la información; otra, resolver si esas declaraciones juradas podrán utilizarse posteriormente como prueba durante el juicio.
Como Fiscalía todavía no había solicitado formalmente incorporar las declaraciones de Carrera como prueba, el tribunal entendió que no correspondía que la jueza resolviera en ese momento sobre su admisibilidad o eventual exclusión.
Una "eventual irregularidad" en la obtención de evidencia
La sentencia pone el foco en el carácter reservado de las declaraciones juradas custodiadas por la Jutep.
El tribunal consideró que, ante la posibilidad de que las evidencias hubieran sido obtenidas contrariando la normativa que establece esa reserva y vulnerando derechos del investigado, correspondía que la situación fuera comunicada al jerarca de Fiscalía para que allí se determinaran las eventuales responsabilidades.
Los ministros rechazaron también el argumento de Fleitas de que el asunto ya no podía discutirse por haber sido planteado anteriormente. Para el tribunal, no puede invocarse la preclusión cuando está en juego una eventual vulneración de los derechos de la persona investigada.
El fallo establece además que un juez de garantías puede actuar ante una situación presuntamente irregular aunque no exista una solicitud expresa de la defensa para que lo haga.
Fiscalía tampoco puede trasladar la responsabilidad a la Jutep
Otro argumento rechazado por el tribunal fue que, si hubo una irregularidad administrativa, la responsabilidad correspondería a la Jutep por haber entregado la documentación solicitada.
La segunda instancia entendió que Fiscalía no puede justificar su propia actuación atribuyendo la responsabilidad al organismo que entregó la información, cuando el cuestionamiento central es precisamente que habría solicitado documentación reservada sin obtener previamente la autorización judicial exigida.
La resolución no determina todavía que Fleitas haya cometido una irregularidad ni resuelve definitivamente qué ocurrirá con las declaraciones juradas como evidencia. Lo que confirma es que existían fundamentos suficientes para que la jueza Olivera pusiera los hechos en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación, que deberá evaluar las eventuales responsabilidades.
El pronunciamiento se produce mientras avanza hacia juicio oral el expediente contra Carrera. El juez de Crimen Organizado Alejandro Asteggiante deberá dictar el auto de apertura a juicio, instancia en la que el exsenador frenteamplista enfrentará las acusaciones que permanecen vigentes en su contra.
Foto: Mauricio Zina / adhocFOTOS
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias