Justicia vuelve a fallar para que Interior cumpla con entrega de información del caso Carrera

13.09.2026

MONTEVIDEO (Uypress)- El Ministerio del Interior deberá completar los datos sobre autorizaciones especiales en el Hospital Policial. La defensa de Carrera cuestiona diferencias entre los registros entregados.

 

La Justicia volvió a ordenar al Ministerio del Interior que entregue información reclamada por la defensa del exsenador frenteamplista Charles Carrera sobre las autorizaciones especiales concedidas a personas sin derecho asistencial propio en el Hospital Policial, según informa diario El Observador.

La resolución fue dictada el 7 de setiembre por la jueza de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno María Eugenia Ferrer Sugo, quien aplicó las reglas de ejecución de sentencia e intimó a la cartera a cumplir formalmente con lo dispuesto en un plazo de 60 días.

El nuevo fallo se produce porque la defensa de Carrera entendió que la documentación entregada hasta ahora por el ministerio no cumplía cabalmente con una sentencia anterior, que ya había obligado a Interior a transparentar información vinculada con las autorizaciones especiales en Sanidad Policial.

Qué información reclama Carrera

El abogado Juan Manuel González Rossi busca establecer cuántas autorizaciones especiales fueron concedidas a personas que no tenían derecho propio a atenderse en el Hospital Policial, cuándo se otorgaron, cuáles fueron sus fundamentos y qué relación tenían los beneficiarios con funcionarios de la cartera.

La defensa también reclamó conocer si existía algún equipo o comisión encargado de resolver esas excepciones y acceder a resoluciones, informes o dictámenes que expliquen por qué fueron concedidas. Ese punto es central para la estrategia de Carrera.

La Fiscalía sostiene que el exsenador intervino irregularmente para que Víctor Hernández, un civil que resultó gravemente herido por una bala perdida en 2012, recibiera tratamiento en el Hospital Policial cuando Carrera era director general de Secretaría del Ministerio del Interior durante la gestión de Eduardo Bonomi.

La defensa intenta demostrar, en cambio, que la atención excepcional de personas que no pertenecían formalmente al sistema policial era una práctica utilizada en numerosos casos y no una decisión extraordinaria adoptada exclusivamente para Hernández.

La diferencia en los números

Uno de los aspectos que generó nuevos cuestionamientos fue la información presentada por Interior. La cartera informó que existían 4.418 autorizaciones especiales registradas desde 2001 hasta la actualidad. Sin embargo, según la defensa, los números que aparecen en los formularios entregados superan ampliamente esa cantidad y llegan a registros superiores a 12.000.

González Rossi sostuvo que esa diferencia genera dudas sobre la integridad de la información proporcionada. También cuestionó que los documentos no tengan una numeración correlativa y afirmó que el ministerio no explicó claramente bajo cuál de las categorías legales habilitantes se encontraba cada una de las personas autorizadas.

Interior, por su parte, sostuvo que la atención a quienes no cuentan con derechos propios está limitada a determinadas situaciones previstas legalmente, entre ellas familiares de policías, pensionistas y otros beneficiarios vinculados al sistema.

La defensa considera insuficiente esa explicación porque, a su juicio, la cartera debe identificar concretamente qué fundamento tuvo cada autorización.

El argumento de la defensa

Carrera pretende utilizar esos antecedentes para cuestionar uno de los pilares de la acusación penal. Si existieron centenares o miles de autorizaciones comparables, su defensa sostiene que deberá determinarse por qué el caso Hernández fue considerado penalmente irregular mientras otros episodios semejantes no generaron denuncias.

El profesor de Derecho Administrativo Daniel Ochs, contratado por la defensa para una petición administrativa, afirmó que en el caso están involucrados los principios de igualdad y razonabilidad de la administración.

Según su planteo, no resultaría coherente considerar delictiva una conducta si la propia administración toleró otras situaciones sustancialmente iguales sin adoptar medidas similares. 

La causa penal está suspendida

Mientras continúa esta disputa por la documentación, el proceso penal contra Carrera permanece suspendido.

La defensa sostiene que los delitos atribuidos al exsenador habrían prescripto porque los hechos se remontan a 2012. La jueza de Crimen Organizado Diovanet Olivera rechazó ese planteo, pero la decisión fue apelada y ahora deberá resolver el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno.

La Fiscalía pidió para Carrera una condena de cuatro años de prisión por los delitos de fraude y utilización indebida de información privilegiada. El exsenador niega haber cometido delitos.

Si el tribunal rechaza la prescripción, el proceso podrá avanzar hacia la apertura del juicio oral. Por ahora, sin embargo, la defensa consiguió otro fallo favorable en un frente que considera decisivo: obligar al Ministerio del Interior a revelar cómo funcionaban realmente las autorizaciones especiales del Hospital Policial y determinar si el caso atribuido a Carrera fue excepcional o formaba parte de una práctica mucho más extendida.

Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS

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2026-09-13T17:04:00

UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias