Libertad orientales
Federico Arregui
02.09.2020
Escribo este artículo por un llamamiento natural y necesario, que atiza nuestra conciencia, ante esta parafernalia de operaciones de inteligencia y contrainteligencia, con que vemos operar políticamente y mediáticamente a los más diversos políticos, operadores, ciudadanos de buena y mala fe en diferentes medios de comunicación, redes sociales, etc.
¡Orientales, la Patria o la tumba!
¡Libertad, o con gloria morir!
Es el voto que el alma pronuncia
Y que heroicos sabremos cumplir
Que sabremos cumplir
Sabremos cumplir
¡Libertad, libertad, Orientales
Este Grito a la Patria salvó
Que a sus bravos en fieras batallas
De entusiasmo sublime inflamó
De este don sacrosanto la gloria
Merecimos ¡Tiranos temblad!
¡Tiranos temblad!
¡Tiranos temblad!
¡Ah!
¡Libertad en la lid clamaremos
Y muriendo, también libertad!
Y muriendo también libertad!
También libertad
¡Orientales, la Patria o la tumba!
¡Libertad, o con gloria morir!
Es el voto que el alma pronuncia
Y que heroicos sabremos cumplir
Que sabremos cumplir
Sabremos cumplir
Sabremos cumplir
Escribo el presente, además, con dos libros a mi lado: la Constitución de la República que regía antes del golpe de estado cívico- militar fascista y que rige ahora también ; y con el libro de un gran jurista uruguayo, por quien siento un profundo afecto aunque hace añares no le veo, que es el Profesor Dr. grado 5 Martín Risso Ferrand ( quien fuera profesor mío y me hiciera amar esta rama del Derecho ).-
La Carta Magna
Así me gusta definir a la Constitución de la República Oriental del Uruguay, que es nuestro contrato social y de donde surgen obligaciones y derechos. Hay algunos, los que son inherentes a la persona humana y la forma democrática y republicana de gobierno, que son sagrados porque, en definitiva, nuestra Constitución de raíz jusnaturalista considera que son anteriores a la gestación de dicho contrato social. Así el juego interpretativo y de aplicación de los artículos 7, 72 y 332 de la Carta Magna son un sello distintivo de nuestro pequeño gran país republicano.
Es tan así lo que dejamos plasmado en negro sobre blanco, que el artículo 7 establece: " los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida...", y luego siguen otros derechos . Es decir que la Constitución reconoce que ese derecho la preexiste y que tiene la obligación el Estado uruguayo de proteger su goce. Por ende no hay discusión posible. Quien viole ese derecho por la razón que fuere debe ser enjuiciado por las leyes que dicte el Poder Legislativo y aplicado por el Poder Judicial. No hay aquí 2 bibliotecas ni chicana que lo cambie. Es además esta Constitución la que votó el pueblo uruguayo en la década del 60 del siglo pasado y que tuvo como redactores al ex - presidente Jorge Batlle y el ex presidente, hoy Senador de la República, Dr. Julio María Sanguinetti. Hay un libro de ambas personalidades uruguayas en donde desde el punto de vista doctrinario la explican desde un punto de vista jurídico.
Por ende, llama poderosamente la atención que desde el punto de vista jurídico el Dr. Julio María Sanguinetti ( para mi un pérfido actor político, maquiavélico y dañino ) y su sector político, se niegue hoy a votar un desafuero ( fuero, privilegio de los diputados y senadores, que debería ser extirpado de nuestro ordenamiento jurídico ) a otro Senador de la República que garganteó de lo lindo en campaña electoral diciendo que no se ampararía en ellos y, creyéndonos tontos, sobre a quienes le votaron, él si lo votará pero su Partido Cívico- Militar no. ¿ Paradoja ?. No. Una cruel mentira más del encubrimiento a los traidores al Ejército del General Artigas.-
Va a ir, además, como todo ciudadano a un juicio con abogado, ante un Juez imparcial, con cobertura de prensa y atención internacional. No como cuando él era militar, joven, en donde llevaban encapuchados a cuarteles a hombres y mujeres sometidos a tratos humanos crueles y degradantes como establecen los instrumentos jurídicos para no decir: violaciones de hombres y mujeres, torturas, muertes, y desapariciones.
Quienes creemos en la República como una forma de vida consideramos que el Partido Nacional y el Colorado no pueden ser, otra vez caramba, cómplices de siniestros personajes que aún pululan por nuestras calles. Y si será generoso el sistema democrático de gobierno que pueden hasta ser electos senadores. Y esto va para todos lados, de norte a sur, de este a oeste.
El sol nace por el Oriente y se oculta por el Occidente...eso es un sistema cósmico. Pero lo que no es cósmico son las actitudes de los gobernantes y de los líderes. No hay aquí espacio para los que siempre intentan quedar bien con Dios y con el Diablo, aquí se está del lado de la Vida o de la Muerte.
La sentencia de la SCJ que cambia todo
Los argumentos maninistas son " terraplanistas " o " antivacunas " para el Derecho uruguayo, quedaron fuera de moda ( que alguien le avise al Senador que sus asesores no estudian ) respecto a la soberanía nacional y algunos aspectos más.
Cito el libro de Risso Ferrand " Algunas garantías básicas de los Derechos Humanos " , FCU, 2da, edición, año 2011 : " Por sentencia N° 365, de 19 de octubre de 2009, la Suprema Corte de Justicia hizo lugar a la excepción de inconstitucionalidad interpuesta respecto a los artículos 1, 3 y 4 de la ley 15.848 ( que declaró la "caducidad de la pretensión punitiva del Estado " ).
Sin perjuicio de otros temas trascendentes, en lo que refiere a las normas internacionales, dijo la Corte: [ La Corporación comparte la línea de pensamiento según la cual las convenciones internacionales de derechos humanos se integran a la Carta por la vía del art. 72, por tratarse de derechos inherentes a la dignidad humana que la comunidad internacional reconoce en tales pactos.
En este sentido, Real enseña que, en nuestro Derecho, es clarísimo la recepción constitucional del jusnaturalismo personalista, recepción que emana de conjugar los arts. 72 y 82 de la Carta.
Este acogimiento expreso de la esencia humanista del jusnaturalismo liberal convierte a sus elevadas finalidades en principios generales del Derecho positivo, de trascendencia práctica de los que no puede prescindir la sistematización técnico- jurídica ( Real, Alberto Ramón: El Estado de Derecho ( Rechtsstaat ) en Estudios Jurídicos en memoria de Eduardo J. Couture, Montevideo, 1957, p. 604 )....
Comentarios finales
El secretismo militar, la complicidad militar con asesinos, torturadores, violadores y demás sigue vigente. Es imposible decir, sin mentir vilmente, asquerosamente ( aquí está la gran mentira hecha por inteligencia militar y sus sostenedores civiles ) que el Frente Amplio tapó algo. Ni Azucena Berruti, abogado de José Pedro Cardoso y otros presos, lo permitiría ni el Dr. Tabaré Vázquez. No sé otro Ministro, me refiero a Eleuterio Fernández Huidobro. Pero ni la señora con nombre de una flor, que era delicada y femenina pero dura y valiente se merece tamaña tentativa de insulto ni el 2 veces presidente de la República, Dr. Tabaré Vázquez.
La verdad nos hará libres, senadores blancos y colorados, citen a quien deba hacerlo que todo, por su peso, caerá en el lugar que tenga que hacerlo, pero voten el desafuero de Manini Ríos, no sean cómplices. No ensucien vuestras dignas historias partidarias.
Dr. Federico Arregui
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias