Los puntos sobre las íes

Ope Pasquet

28.12.2013

La nueva Meca del “progresismo” uruguayo se llama Araminda. Allí tiene su casa de playa el ex ministro Fernando Lorenzo, y hasta allí peregrinaron ayer, pese al calor agobiante, decenas de militantes frenteamplistas y prominentes figuras del gobierno –el vicepresidente Astori, los ministros Pintado y Kechichián, el senador Michelini y otros-, para rendir homenaje a quien debió renunciar a su cargo ante la inminencia de que el Fiscal Gómez pidiera su procesamiento.

El Frente Amplio ha cerrado filas en torno a Lorenzo y a Calloia, a quienes pretende presentar como mártires del servicio público, víctimas de una operación política, mediática y judicial de "la derecha". Ponen por delante el argumento de que no se enriquecieron ni actuaron en beneficio propio, y a partir de ahí saltan a la conclusión de que no cometieron delito alguno; como si no hubiera, en el Código Penal, más delitos que los que protegen la propiedad, privada o pública.

A renglón seguido el senador  Michelini, con toda la autoridad que le da su sólida formación jurídica, la emprende contra el fiscal del caso y califica de "bochornosa" su argumentación. No es la primera vez que Michelini arremete contra los integrantes del Ministerio Público que dictaminan en contra de su parecer. En el 2005 (primer año del gobierno de Vázquez) le reclamó a un fiscal que interpretara el nuevo momento político que vivía el país (frase casi textual, cito de memoria), o diera un paso al costado; ahora va directamente a la descalificación del funcionario que osa actuar con independencia de criterio. Con la jueza del caso todavía no se metieron, porque aún no resolvió (la excepción de inconstitucionalidad desvió el trámite hacia la Suprema Corte de Justicia); cuando lo haga, y si procesa, recibirá también su ración de agravios.

Ante esta situación, corresponde formular algunas puntualizaciones.

Para empezar por lo menos importante: ya quedó claro que, contra lo que se dijo en el primer momento, Lorenzo no renunció por su propia y espontánea voluntad. El presidente le pidió la renuncia; él inicialmente se rehusó, pero finalmente aceptó, a cambio de recibir el apoyo político expreso del Frente Amplio, como efectivamente sucedió.

La renuncia, por otra parte, no es un gesto de delicadeza ni cosa por el estilo. Si Lorenzo seguía en su cargo la oposición hubiera promovido un juicio político contra él; y entonces, o bien renunciaba bajo la presión de la oposición (lo que es políticamente peor que renunciar a pedido del presidente), o bien obligaba al Frente Amplio a defenderlo a capa y espada en el Parlamento, en pleno año electoral.  Lorenzo, hombre inteligente, eligió el mal menor; sólo eso.

Fernando Calloia no renunció, y a él no se le puede hacer juicio político (su cargo no figura en el elenco del artículo 93 de la Constitución). Su permanencia al frente del Directorio del BROU, entre sonrisas y exhibiciones públicas, es una provocación. La prensa anuncia ya el nombre de quien será su sustituta; pero si no se concreta su dimisión, será el novel ministro Bergara el que tendrá que explicar en el Parlamento cómo está al frente de un banco, es decir, de una institución que se basa en la confianza del público, alguien imputado de la comisión de un delito.

El delito en cuestión es el de abuso de funciones, artículo 162 del Código Penal. Existe desde 1934 y por él fueron procesados, y muchas veces presos, decenas y decenas de funcionarios públicos, de ex ministros para abajo, desde 1985 por lo menos. Se dice que es un delito extraído del Código Penal de la Italia fascista y que sus previsiones, demasiado amplias, pueden dar cabida a cualquier conducta, con grave menoscabo de la certeza jurídica que debe dar la debida observancia del principio de legalidad en materia penal.

Todo eso es muy cierto, pero al Frente Amplio no lo conmovieron esos argumentos mientras los procesados fueron blancos o colorados. Pretender acelerar ahora el trámite de la reforma del Código Penal, para evitarle un eventual  procesamiento al ex ministro de Economía (eventual, digo, porque la Corte debe expedirse sobre la alegada inconstitucionalidad), sería de una desfachatez inaudita. El espectáculo de la mayoría parlamentaria diciendo "la ley la hacemos nosotros, y si va a ser procesado uno de los nuestros, cambiamos la ley", constituiría un baldón para la República. Sólo quienes no son republicanos pueden pensar siquiera en hacer algo así.      

En algunos casos el texto del artículo 162 del C. Penal puede dar lugar a imputaciones injustas, ciertamente, pero este no parece ser uno de esos casos. La arbitrariedad cometida por Lorenzo y Calloia con abuso de sus funciones, consistió en hacer dar un aval por 13 millones 600 mil dólares a un perfecto desconocido, el tal Calvo Sánchez, que sin exhibir poder en forma invocó la representación de una empresa extranjera también desconocida, llamada Cosmo. La decisión de otorgar el aval fue arbitraria, porque implicó violar las normas del Banco Central para operaciones de ese tipo; la debida observancia de esas normas bancocentralistas hubiera insumido quizás semanas, y el aval fue otorgado en menos de dos horas, para que "el caballero de la derecha" llegara a tiempo a la subasta.

La arbitrariedad fue eficaz porque la cometió el presidente del Directorio del Banco, instigado por el Ministro de Economía y Finanzas; ambos abusaron de sus cargos al proceder así, y fue porque "la orden vino de arriba" que los funcionarios del BROU accedieron a instrumentar el otorgamiento de un aval que de otro modo jamás hubieran otorgado.

El perjuicio económico al BROU se consumó, porque  al final de varias peripecias intermedias el BROU debió pagarle al Fideicomiso y se encontró con que no tenía a quién cobrarle. Debió contratar a un abogado penalista para "convencer" a López Mena, aparentemente ajeno al negocio, de que se hiciera cargo de los 13 millones 600 mil dólares, y López Mena dice que accedió a asumir tamaña deuda porque toda la situación perjudicaba el giro normal de sus empresas (¿?). Casualmente, en forma paralela el BROU le otorgó préstamos por un total de 30 millones de dólares. Y por su exitosa gestión, el penalista le cobró al BROU el uno por ciento de la suma reclamada, más el correspondiente IVA.

Además, López Mena se obligó a pagar bajo la condición de que la ley que creó el fideicomiso mantuviera su validez; al haber sido declarada inconstitucional esa ley por la Suprema Corte de Justicia, López Mena ya reclamó la devolución de lo pagado. Y como el BROU no tiene una cláusula similar que lo ampare frente al Fideicomiso, no podrá reclamar que se le devuelva lo que en mérito al aval pagó.

Además de este evidente e innegable perjuicio económico, toda la farsa de la subasta causó un daño no cuantificable a la confianza popular en el gobierno y las instituciones. Lorenzo y Calloia colaboraron para montar el escenario de esa farsa, haciéndole creer a la opinión pública -por unos días apenas- que una empresa española compraba por casi 140 millones de dólares los aviones de PLUNA, cuando en realidad en todo el asunto no hubo otro interesado real que el Sr. López Mena, tal como quedó retratado en la famosa foto de El Observador.

En el caso PLUNA, el denostado artículo 162 del Código Penal es la herramienta necesaria para hacer justicia, es decir, para que no queden impunes comportamientos violatorios de las normas jurídicas, lesivos del patrimonio público y, peor aún, lesivos de la indispensable confianza ciudadana en la verdad de lo que el gobierno dice a través de sus principales representantes.

La Justicia, que ha actuado con admirable independencia, tiene seguramente más paño que cortar. Es preciso que la indagatoria continúe, hasta saber exactamente qué pasó. Hasta entonces, los prematuros promotores de la canonización de Fernando Lorenzo harían bien en sofrenar su entusiasmo.

 

 

Ope Pasquet
2013-12-28T08:16:00

Ope Pasquet