El informe de la discordia. Gastón Grisoni
09.12.2025
El primer mandatario, hace algunas semanas, concurrió al edificio del Poder Judicial a entrevistarse con el presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ). Lo hizo portando un informe emitido por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas (DNSFFAA) a indagar que debía hacer con el mismo.
El informe, cuyo contenido se desconoce, al igual que su autoría, hacía referencia al estado de salud de algunos de los militares presos en la cárcel de Domingo Arena. Al trascender la noticia a través de Búsqueda, desató controversias. Las mismas no le hacen bien a él mismo, al gobierno, a la fuerza política que representa e, incluso, al sector que lo proyectó hacia la magistratura.
Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, inmediatamente, emitió un comunicado de prensa rechazando su conducta. Crysol, la asociación que agrupa a todas y todos los ex presos políticos, por su parte, dejó bien claro que respaldaba en todos sus términos dicha postura.
Pobrecitos los torturadores
En una de sus peores declaraciones, el expresidente José Mujica se refirió a los represores procesados, eran una decena en esos momentos, como "viejitos presos". Lo hizo a pesar de que hacía alusión a lo más repulsivo de los represores del terrorismo de Estado: Gregorio Alvarez, José Nino Gavazzo, Ernesto Ramas, Gilberto Vázquez, Juan Carlos Larcebeau, por citar a algunos de ellos. Todos fallecidos en la actualidad.
Basados en dicha calificación, desde que comenzó a intensificarse el accionar de la justicia, los centros militares, los familiares de los condenados, núcleos importantes de la familia militar y sectores sociales, políticos y mediáticos, han comenzado a hacer hincapié en su edad avanzada, en las numerosas enfermedades que padecen, en lo duro que representa estar alejado de la familia, etc. Intentan generar, a nivel de la ciudadanía y de la población en general, un clima de opinión favorable para lograr su liberación o, por lo menos, la prisión domiciliaria de todos ellos. En cualquier momento el general Guido Manini Ríos los denominará "Pobres Angelitos".
Es obvio que el informe de Sanidad Militar es parte de esa campaña o, por lo menos, lo parece.
Prisión domiciliaria masiva y obligatoria
El instituto de la prisión domiciliaria, que permite que las personas presas, condenadas y /o formalizadas cumplan su condena en su propio domicilio, ya existe en la legislación de nuestro país. Está plenamente vigente. Son muchos, incluso, los represores que al día de hoy disfrutan de ese beneficio regulado por la normativa de nuestro país. Es un instituto de carácter humanitario que ninguna organización de DDHH ha objetado, incluso cuando era evidente, así lo comprobó la justicia, que se usaba de manera abusiva.
Cuando los defensores de los terroristas de Estado hacen referencia a la prisión domiciliaria aluden a que se apruebe una ley que conceda la misma de manera automática y compulsiva a todos quienes se encuentran recluidos en la Cárcel de Domingo Arena. Así lo establecía el proyecto de ley presentado por Cabildo Abierto que naufragó en la anterior legislatura al igual que otro similar presentado por los senadores Jorge Gandini, Graciela Bianchi y Carmen Asiaín a nombre del Partido Nacional.
Crímenes de Lesa Humanidad
Todos los condenados, procesados y/o formalizados por las graves violaciones a los DDHH, lo han sido por haber cometido Crímenes de Lesa Humanidad que son imprescriptibles e inamnistiables. La justicia no es infalible. Pero todos han gozado y abusado de las garantías del debido proceso en todas las etapas de las investigaciones. Han contado con asistencia letrada financiada por los Centros Militares. Por la gravedad de los delitos cometidos, no pueden ni deben recibir ningún beneficio que alivie sus condenas o desnaturalice las penas que están establecidas por la legislación vigente.
Sus defensas legales aducen que la Ley 18 026 por la cual nuestro país aceptó el Estatuto de Roma es posterior a la fecha en que se cometieron los delitos. Por lo tanto se estaría aplicando una normativa con retroactividad. Absolutamente falso.
Los crímenes que se les han imputado a todos ya figuraban en el Estatuto del Tribunal de Nuremberg del año 1948, posterior a la Segunda Guerra Mundial. Además la Convención Internacional acerca de la imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad fue aprobada en el año 1968. Las convenciones internaciones de derechos humanos se integran a nuestra Constitución a través del Artículo 72 de la misma.
Así lo señaló, en su momento, el entonces presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) Dr. Jorge Chediak cuando en octubre de 2009, mediante la Sentencia 365 de ese año, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Ley de 15.848 (Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado) para el caso Nibia Sabalzagaray.
La justicia tarda pero siempre llega
El reclamo de los terroristas de Estado, su círculo de amistades y apoyos, carece de asidero político, jurídico y ético. Mienten descaradamente y hacen campañas mediáticas en base a falsedades. Pedir la prisión domiciliaria para delincuentes como Eduardo Ferro, Jorge Pajarito Silveira, Juan Rebollo, Laurie Rodríguez, Sergio Caubarrere o Dardo Barrios, por mencionar unos pocos ejemplos, es vergonzoso.
La prisión en sus casos no pretende rehabilitarlos. Siguen ocultando el destino de los detenidos desaparecidos. Merecen cumplir sus condenas y merecen el repudio social y político que tienen en la actualidad (aunque no del matutino El país, obviamente). Es un mensaje muy potente para construir la memoria histórica, para los potenciales golpistas de hoy y de mañana. Deben saberlo. Aunque demore 50 años, terminarán en las cárceles.
Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.
Foto del autor: Mauricio Zina / adhocFOTOS
Foto de portada: Ricardo Antúnez / adhocFOTOS
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