Son mucho más iguales
Gastón Grisoni
04.07.2023
Una discriminación inaceptable a las víctimas del terrorismo de Estado
Según las disposiciones constitucionales, todas y todos los ciudadanos somos iguales ante la ley. Para la coalición gubernamental en la voz de Ope Pasquet, Rodrigo Goñi y Mario Testa, las víctimas de la violencia no estatal son mucho más iguales que las víctimas del terrorismo de Estado.
Esto es lo que se desprende del proyecto de ley que presentaron en nombre de la coalición gubernamental en la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de diputados. El marte 4 será aprobado por el Plenario de dicho cuerpo.
Duplican los montos indemnizatorios
El proyecto otorga 150.000 dólares a los familiares de las personas que fallecieron como resultado de la violencia no estatal en el período comprendido entre el 1º de enero de 1962 y el 31 de diciembre de 1976. Este monto duplica el asignado por la ley 18 596 de setiembre de 2009 para los familiares de los detenidos desaparecidos y para los asesinados a raíz o en ocasión del accionar ilegítimo de los servicios represivos de aquel período.
Entre los potenciales beneficiarios se encuentran los familiares del personal policial que falleció en actos de servicio y también los familiares de los militares, oficiales y personal subalterno, que ya en el año 1973 fueron reparados por el artículo 115 de la Ley de Presupuesto 14.106 del 13 de marzo.
Hay una intencionalidad manifiesta
El proyecto original fue remitido por el Presidente de la República en diciembre del año pasado bajo la presión no encubierta de Cabildo Abierto. Fue el precio a pagar para que el partido de Guido Manini Ríos diera sus votos para la aprobación de la retrógrada Ley de Reforma Jubilatoria.
En lo sustancial otorga montos indemnizatorios para los familiares de quienes sufrieron violación a su derecho a la vida, a la integridad física y también a la libertad. El resarcimiento económico a estas violaciones para las víctimas de la actuación ilegítima y del terrorismo de Estado fue contemplado por la Ley 18 596 de Setiembre de 2009 remitida al Parlamento por el Dr. Tabaré Vázquez.
De acuerdo a los preceptos constitucionales, si no existiera un ánimo ideológico, y previo, de priorizar y jerarquizar a un sector específico, la Ley 18 596 debería haber sido la norma legal a tener en cuenta para evitar que en materia de reparaciones hubiera hijos y entenados tal como va a suceder si este proyecto de ley se promulga tal como parece que va a ocurrir.
Amplia generosidad
El proyecto de ley de la coalición gubernamental también es mucho más generoso en otros sentidos al reparar a este grupo en lo referido a la violación del derecho a la integridad física. Otorga 50.000 mil dólares a las personas que hayan sufrido lesiones personales por parte de los grupos no estatales o asimilados a ellos.
En el caso de las víctimas de la actuación ilegítima y del terrorismo de Estado, la ley 18 596 otorga la suma de 30.000 dólares siempre y cuando los peticionantes hayan sufrido lesiones gravísimas de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 318 del Código Penal. En la legislación uruguaya, las lesiones gravísimas constituyen una categoría especial y mucho más restrictiva que la que se considera en el actual proyecto.
También se otorga un monto que supera ampliamente el otorgado a quienes pasaron por la tortura en la Dirección Nacional de Inteligencia e Información (DNII) y en los cuarteles en los años previos y durante la dictadura, quedando con graves secuelas, físicas y sicológicas de por vida. Se usan estándares más benignos a la hora de resarcir para ampliar el número de beneficiarios.
Pensando en Molaguero
A la hora de resarcir el daño vinculado a la privación de la libertad, el proyecto que se aprobará en la cámara de Diputados es sumamente amplio considerando los criterios de la Ley 18 596. Otorga la suma de 30.000 dólares a las personas que hayan sufrido violación a su derecho a la vida por más de 72 horas.
En el caso de los niños secuestrados, para ser indemnizados, la Ley 18 596 estableció que deberían haber permanecido en dicha condición por más de 30 días. Una diferencia sustancial.
En el caso de las personas privadas de su libertad de manera ilegítima por parte de las autoridades gubernamentales de la época, la Ley 18 596 estable que deben haber estado en esa situación por más de 180 días para acceder al beneficio del Artículo 9 de la misma. El beneficio que se otorga: un documento oficial que acredita su condición de víctima de la actuación ilegítima o del terrorismo de Estado de acuerdo al momento en que la misma se produjo.
Un proyecto bochornoso
El proyecto gubernamental es una ofensa a miles y miles de víctimas de la dictadura civil militar y del terrorismo de Estado que son discriminadas y desvalorizadas a impulsos de Cabildo Abierto y de los nostálgicos de la dictadura. Se inscribe en la lógica que se puso de manifiesto con la ausencia presidencial en el acto de reconocimiento estatal de responsabilidades en el caso Diana Maidanik, Laura Raggio, Silvia Reyes, Luis Eduardo González y Oscar Tassino. Otra mancha más del tigre gubernamental.
Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.
Foto: Diego Burgueño, vocero de Toda la Verdad
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias