Ya no saben que inventar para difamar a las y a los ex presos políticos. Gastón Grisoni
08.09.2026
La semana pasada el senador Sebastián Da Silva del Partido Nacional presentó una propuesta en la comisión que estudia la Rendición de Cuentas destinada a impedir que la Pensión Especial Reparatoria (PER) pueda generar pensión de sobrevivencia.
La iniciativa carece de exposición de motivos. Es antojadiza y caprichosa. Los argumentos que se conocen públicamente son falsos. Crysol la calificó de miserable. Comparto el calificativo.
Es una iniciativa con muy pocas chances de prosperar en la Cámara de Senadores. El objetivo es claro: presentar a los ex presos y ex presas políticas como "privilegiados" ante la opinión pública. Al mismo tiempo, hacer olvidar en la memoria colectiva el rol que tuvieron los luchadores gremiales, sociales y políticos en la resistencia, en la derrota de la dictadura civil - militar y del terrorismo de Estado.
La PER: un resarcimiento por los daños y sufrimientos
La PER se creó por la Ley 18.033 en octubre de 2006. Fue tardía: a 21 años del retorno a la institucionalidad democrática. En su momento fue votada por legisladores de todos los partidos. No es una jubilación. Es un resarcimiento económico, imperfecto, que el Estado otorgó a miles de personas a las cuales, entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985, secuestró, torturó, condenó mediante tribunales militares, privó de su libertad durante períodos prolongados y a las cuales destruyó sus proyectos de vida. Dejó en ellas y ellos secuelas permanentes.
Primer mentira: La PER no es heredable
La transmisión de la PER, cuando el titular de la misma fallece, está regulado por el Decreto 106/2007 aprobada en abril del año 2007, a los seis meses de aprobada la ley. El decreto considera a la PER una jubilación otorgada a manera de resarcimiento. Regula su transmisión en el marco común del sistema previsional uruguayo. Se transmite a cónyuges, hijos menores y/o discapacitados. Es falso que ella se transmite a nietos o de generación en generación como se ha afirmado y se afirma de manera constante en las redes.
Segunda mentira: se transmite solo 66%
Según informaciones de prensa, para justificar su propuesta de odio, el senador Sebastián Da Silva ha afirmado que la PER se transmite de una manera privilegiada, que se otorga a los beneficiarios el 100% de la misma. Eso es falso. El Decreto del Dr. Tabaré Vázquez que invoca fue dejado de lado por la reforma jubilatoria que promovió el Dr. Rodolfo Saldain. Tuvo escasos meses de vigencia. Obedeció a una noble inquietud del Dr. Tabaré Vázquez.
Otra mentira más: el FONASA gratis
Así como la Sra. Mercedes Vigil con total desparpajo, en el programa de Richard Galeano, sin que a él se le moviera un pelo, afirmó que la mitad del déficit del BPS se debe a las PER que paga el organismo y que existen "cientos de miles de pensiones", en estos días, personajes menores difunden la versión, en redes, de que las ex presas y los ex presos políticos que cobran la PER tienen el FONASA gratis, que no aportan. Tremenda falsedad.
De acuerdo a las normas vigentes, las y los ex presos políticos que perciben la PER no pueden ser FONASA. Si desean atenderse en el sistema mutual privado deben abonar la cuota en su totalidad. Es lo que ocurre. Y eligen el prestador de salud de su conveniencia pagando la cuota, las órdenes y tickets de su propio bolsillo.
Según el Decreto 297/2010 las ex presas y los ex presos políticos tienen el beneficio de la atención gratuita y vitalicia en ASSE, en el marco de las normas internacionales de DDHH que Uruguay ratificó.
La PER: un resarcimiento imperfecto
Otorgar la Pensión Especial Reparatoria (PER), a 21 años del retorno a la democracia a las y a los ex presos políticos, en un contexto estatal de impunidad y de plena autonomía de las Fuerzas Armadas con respecto al poder civil, fue un inmenso logro, una gran conquista luego de intentos fallidos durante el gobierno del Dr. Lacalle Herrera y un tenue pero importante antecedente del Dr. Jorge Batlle (Ley 17 449).
La Ley 18 033 fue una reparación con múltiples carencias, restricciones e imperfecciones que han sido cuestionadas por la Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (INDDHH). Lo fue en dos ocasiones y con integraciones diferentes, bajo gobiernos del Frente Amplio y de la propia Coalición Republicana.
Para percibir la PER, los beneficiarios deben renunciar a sus propias jubilaciones y pensiones. El decreto 106/2007 traslada esta imperfección a las y a los cónyuges, a los hijos menores y/o discapacitados. Cuando los titulares de la PER fallecen, abrumadoramente del sexo masculino, las cónyuges deben renunciar a sus propias jubilaciones y pensiones para percibir la Pensión de Sobrevivencia que es un 66% de la PER.
Los familiares de las y de los ex presos políticos son los únicos en todo el sistema previsional uruguayo que deben renunciar a sus propias jubilaciones para percibir la pensión de sobrevivencia.
Los familiares ya son discriminados negativamente
Quienes respaldan la vergonzosa propuesta del senador Sebastián Da Silva fundamentan en base a falsedades. También ocultan realidades incuestionables. Los familiares de las ex presas y de los ex presos políticos ya son discriminados por la normativa vigente. Para percibir la Pensión de Sobrevivencia de la PER, las y y los
cónyuges, sus hijos menores y/o discapacitados, deben renunciar a sus propias jubilaciones y pensiones para poder percibirla, tal como lo dispone el Decreto 106/2007.
Las y los familiares de ex presas y de ex presos políticos no cuentan con ningún beneficio. Al contrario. Son discriminados. Son los únicos en el sistema previsional uruguayo que deben renunciar a sus propias jubilaciones y pensiones para poder percibir la Pensión de Sobrevivencia que genera la PER.
Un ataque a las víctimas del terrorismo de Estado
En la actualidad son menos de 1.600 personas las que perciben la PER. El promedio de edad es de 78 - 79 años. Unas 250 personas, mayormente del sexo femenino y un pequeño grupo de hijos discapacitados, perciben la Pensión de Sobrevivencia tal cual lo establece el Decreto 106/2007 de abril de dicho año.
Pretender ahora sacar la pensión de sobrevivencia a quienes ya la tienen, o negarla para casos futuros, no "ahorra" nada significativo al BPS. El universo de beneficiarios es reducido y decreciente. El impacto presupuestal es mínimo. Tampoco resuelve ningún problema de seguridad social.
La propuesta del senador Sebastián Da Silva jurídicamente no tiene asidero. Políticamente está condenada al fracaso. Los proponentes de la iniciativa, fueron ampliamente derrotados en las elecciones pasadas. Cuando fueron gobierno, durante la presidencia de Luis Alberto Lacalle Pou, tampoco pudieron imponer ni siquiera la prisión domiciliaria preceptiva para los criminales estatales encarcelados, uno de sus grandes objetivos. Obviamente está del lado de los represores.
Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesaria y literalmente, al colectivo como tal.
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias