Por decreto
“Vivienda Promovida”: Gobierno realizó cambios en ley de vivienda social para mejorar su acceso
05.04.2017
MONTEVIDEO (Uypress)- Por decreto del Ejecutivo, la reglamentación incorporó disposiciones sobre la venta de unidades con un nuevo régimen de topes en los precios de comercialización y la creación de un programa de compra.
También se modificaron las condiciones para acceder al 100% de los beneficios fiscales, en el caso de las unidades promovidas que son compradas por los inversores para volcar al mercado de arrendamientos. Ahora eso está limitado a que los precios de los alquileres no superen los valores fijados por Vivienda con el aval del Ministerio de Economía (MEF).
El Mvotma dispuso nuevas condiciones para la enajenación de parte de las unidades. En el caso de Montevideo, el 10% de las viviendas promovidas que se construyan tendrá topeado su precio. Para las viviendas de un dormitorio el tope se fijó en US$ 69.400, para las de dos en US$ 91.700, para las de tres dormitorios en US$ 113.500 y para las de cuatro dormitorio US$ 130.700. Los precios están calculados de acuerdo al valor actual de la Unidad Indexada (UI).
En el interior del país estará topeado el 20% de las viviendas promovibles. Los precios de venta no podrán superar los US$ 68.600 aproximadamente en unidades de un dormitorio, US$ 90.400 en dos dormitorios, US$ 104.500 para tres dormitorios y US$ 120.900 para cuatro dormitorios.
Las viviendas topeadas se comercializarán obligatoriamente a través de un nuevo programa del Mvotma llamado "Compra de Vivienda Promovida". Las personas seleccionadas por la cartera podrán adquirir la unidad a través del Banco Hipotecario (BHU), el Fondo de Garantías de Créditos Hipotecarios de la Agencia Nacional de Vivienda o mediante subsidio a la cuota por hasta 50% de la misma que otorgará el Mvotma en los casos que sea necesario, según establece la reglamentación.
El inversor deberá proponer un precio de venta, menor o igual al tope, al momento de asignar las unidades, luego de los 180 días corridos desde la declaratoria promocional, y si el Mvotma lo considera oportuno remitirá al BHU el listado de las unidades para que proceda a su tasación. Si el valor de la tasación resultare menor que el propuesto por el inversor, deberá atenerse a él.
Cuando el avance de la obra alcance el 90%, el Mvotma seleccionará a través de un llamado público a los interesados. Luego, cuando se llegue al 100% y se encuentre en condiciones de ser adquirida con préstamo, empezará a correr un plazo de 180 días hábiles para la celebración de la compraventa con la persona que determine el ministerio.
Vencido el plazo de 180 días hábiles (prorrogable por causas de fuerza mayor), el inversor quedará eximido de la obligación de vender a través de este programa y podrá disponer de su unidad.
Por otro lado, bajo el nuevo esquema, aquellas unidades que los inversores vuelquen al mercado de arrendamiento tendrán exonerada el 100% de la renta siempre que los precios mensuales no superen los $ 13 mil para un dormitorio, $ 16 mil para dos dormitorios y $ 18 mil para tres y cuatro dormitorios.
Estos valores de referencia abarcan a la mayor parte de la capital. Cuando los topes no se cumplan la exoneración será de 40% de la renta. Se estima que son alrededor de 1.000 las VIS en alquiler sobre algo más de 5 mil ya terminadas en todo el país. Lo oferta de arrendamientos lo conforman unas 80 mil unidades en todo el país.
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UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias