MEF introdujo cambios al Presupuesto: DGI deberá presentar solicitud judicial para levantar secreto bancario

01.10.2025

MONTEVIDEO (Uypress)- El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), encabezado por Gabriel Oddone, compareció este martes en el Parlamento, donde presentó, entre otras iniciativas sustitutivas al Presupuesto Quinquenal, modificaciones vinculadas al secreto bancario y a las potestades de la Dirección General Impositiva (DGI), según informó diario El País.

 

En la nueva redacción del articulado presentado por la cartera, para proceder al levantamiento del secreto bancario la DGI deberá presentar ante la Justicia una denuncia fundada sobre sospechas de defraudación tributaria.

Sin embargo, la nueva propuesta del Ejecutivo establece que ante el pedido del órgano fiscalizador del levantamiento del secreto bancario, a menos que haya una pronunciamiento en contrario de un "fiscal competente o de un juez", las empresas quedarán relevadas (exoneradas) de la obligación de reserva sobre las operaciones e informaciones que estén en su poder, vinculadas a personas físicas y jurídicas objeto de la solicitud.

Para que la DGI pueda acceder a información vinculada a cuentas financieras, productos, servicios u otras operaciones, se establece como condición un plazo de 30 días hábiles. Si en ese lapso no existe un dictamen del Poder Judicial que lo impida, la solicitud podrá concretarse.

A diferencia de lo previsto inicialmente en el Presupuesto Quinquenal, que habilitaba a la DGI a consultar información financiera, tras los cuestionamientos el Ministerio incorporó la exigencia de un proceso judicial. Sin embargo, será necesario que ese poder del Estado se pronuncie de forma expresa para negarle al organismo el acceso a la información solicitada.

Para los casos en que haya solicitudes "expresas y fundadas" por parte de un estado extranjero, la autorización judicial deberá ser solicitada por la DGI y el juez deberá dictar una resolución en un plazo de 10 días hábiles.

"De no mediar pronunciamiento en dicho plazo, se entenderá que se ha conferido la autorización correspondiente. En ambos casos, la información será obtenida a través del Banco Central del Uruguay, para lo cual la Sede librará el oficio respectivo, debiendo continuar el trámite conforme a lo dispuesto en los incisos siguientes. De denegarse la autorización, la resolución judicial admitirá recursos de reposición y apelación, que deberán interponerse en un plazo de seis días hábiles", agrega el sustitutivo presentado por el MEF.

En el capítulo tributario, la habilitación a la DGI para levantar el secreto bancario sin autorización judicial fue uno de los artículos que más reacciones generó desde la oposición. No obstante, desde el MEF se habían comprometido a presentar una formulación alternativa.

Foto: Mauricio Zina / adhocFOTOS

Economía
2025-10-01T05:54:00

UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias