España suspende el voto a miles de nacionalizados por la "ley de nietos"
13.09.2026
MADRID (Uypress)- El Tribunal Supremo español necesitó cuatro horas de deliberación para adoptar, por cinco votos contra uno, la decisión sin precedentes que deja sin derecho al voto a miles de españoles nacionalizados por la llamada "ley de nietos", impulsada por Vox, mientras la única jueza disidente alertó sobre la restricción de un derecho fundamental.
La medida fue adoptada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, según informa diario El País de Madrid. El Supremo aceptó parcialmente los recursos presentados por Vox e Iustitia Europa, que habían denunciado que la forma en que el Gobierno aplicó la ley podía provocar una incorporación irregular de cientos de miles de personas al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
El alto tribunal no cuestiona de manera directa la Ley de Memoria Democrática ni retira la nacionalidad a quienes la obtuvieron. Lo que suspende son los efectos electorales de determinadas inscripciones en el censo, hasta que se dicte una sentencia definitiva.
El centro de la controversia
La Ley de Memoria Democrática permitió acceder a la nacionalidad española a hijos y nietos de personas que hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, religiosas o vinculadas con su orientación o identidad sexual durante el franquismo.
El conflicto jurídico surge de una instrucción del Ministerio de Justicia que estableció una presunción favorable para quienes descendieran de españoles que abandonaron el país entre 1936 y 1955.
Vox e Iustitia Europa sostienen que esa interpretación amplió indebidamente los supuestos previstos por la ley y permitió acceder a la nacionalidad sin acreditar individualmente que el antepasado hubiera sido realmente un exiliado por las causas expresamente contempladas en la norma.
El Supremo consideró que existía un "peligro fundado, real y serio" de que esas incorporaciones pudieran afectar la objetividad y transparencia de futuros procesos electorales.
Por ese motivo decidió suspender cautelarmente el derecho al voto de los nuevos nacionalizados afectados mientras se resuelve el fondo de la controversia.
Más de medio millón de nacionalidades
La magnitud del caso explica buena parte de su impacto político. Más de 500.000 personas habrían obtenido ya la nacionalidad española mediante este procedimiento y otras solicitudes permanecen pendientes. Algunas estimaciones elevan a más de 670.000 el universo potencialmente alcanzado por la controversia entre nacionalidades ya concedidas y expedientes aún en trámite.
No todos ellos quedan automáticamente privados del voto. La resolución afecta principalmente a quienes fueron incorporados al CERA sin acreditar específicamente la condición de exiliado de su ascendiente. Quienes puedan demostrar documentalmente que sus familiares abandonaron España por las causas previstas en la ley mantienen la posibilidad de ejercer el sufragio.
Una jueza advirtió sobre el derecho al voto
La magistrada Alicia Millán fue la única integrante del tribunal que se opuso. En su voto particular sostuvo que la mayoría realizó una ponderación "incompleta" de los intereses en juego y que la medida provoca un perjuicio inmediato a ciudadanos cuya nacionalidad española está plenamente reconocida.
Millán subrayó que la consecuencia práctica de la resolución es impedir a esas personas ejercer un derecho político derivado de una nacionalidad que sigue siendo jurídicamente válida.
Ese punto se ha convertido en el centro de las críticas a la decisión. La Fiscalía y la Abogacía del Estado se habían opuesto a la suspensión solicitada por Vox e Iustitia Europa precisamente porque entendían que suponía restringir cautelarmente un derecho fundamental de ciudadanos españoles.
La nacionalidad sigue intacta
La resolución introduce una situación jurídicamente singular. Los afectados continúan siendo españoles, conservan su nacionalidad y los derechos civiles derivados de ella, pero quedan temporalmente privados de votar si no acreditan las condiciones de exilio exigidas por el Supremo.
Eso genera una separación poco habitual entre ciudadanía y sufragio. La Constitución española establece que son electores y elegibles los españoles que se encuentren en pleno uso de sus derechos políticos y obliga al Estado a facilitar el voto de quienes residen fuera del país. Ese fue precisamente uno de los argumentos utilizados por la Junta Electoral Central cuando anteriormente rechazó suspender las inscripciones.
Vox habla de fraude; el Gobierno rechaza la acusación
La disputa tiene además una fuerte dimensión política. Vox sostiene que el aumento del censo exterior puede ser utilizado para alterar el resultado de futuras elecciones y acusa al Ejecutivo de Pedro Sánchez de haber aplicado la Ley de Memoria Democrática con un criterio excesivamente amplio.
Pero hasta ahora no se han presentado pruebas de fraude electoral cometido por esos nuevos ciudadanos. El debate se concentra en la legalidad de la instrucción administrativa y en la forma en que se concedieron determinadas nacionalidades e inscripciones censales.
Los datos históricos, además, muestran que el voto exterior ha tenido un impacto reducido sobre los resultados generales en España. Desde 1986, solo en tres elecciones modificó el reparto final de escaños en el Congreso, y la participación de los residentes en el extranjero continúa siendo baja.
Una decisión todavía provisional
La medida no constituye una sentencia definitiva. El Supremo deberá resolver el fondo del asunto previsiblemente en los próximos meses. Hasta entonces, los afectados no podrán participar en elecciones mientras permanezca vigente la suspensión cautelar.
La decisión abre así una controversia de enorme alcance constitucional y político: miles de personas son reconocidas por el Estado como ciudadanos españoles, pero uno de los poderes del propio Estado les impide provisionalmente ejercer uno de los derechos esenciales de esa ciudadanía.
Y ese es, más allá de la disputa sobre la interpretación de la "ley de nietos", el núcleo del problema que ahora deberá resolver definitivamente la Justicia española.
Foto: Infobae
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias