ACUERDO
Acuerdo judicial entre Brecha y Nopitsch
30.08.2012
MONTEVIDEO (Uypress) - Fernando Nopitsch, ex Director Nacional de Casinos y el semanario Brecha realizaron un acuerdo judicial luego de publicaciones realizadas por el medio sobre la actuación del ex funcionario.
El texto completo:
METALE A LA MARCHA
por Fernando Nopitsch, en acuerdo celebrado con Brecha en Sede Judicial.
“(…) lo inequívoco es que BRECHA no es Marcha. ¿Cómo podría serlo, ausentes Quijano y Julio Castro? Alcanzaría con que la rica historia de lo que ambos –junto a tantos otros compañeros– plasmaron como un proyecto de periodismo político sin parangón en el país se abriera cauce en nuestro propio semanario, para dar paso al respeto irrestricto de la verdad, aun cuando ésta nos duela o nos niegue.”
Hugo Alfaro. 11-X-85. Del Editorial del número 1 del semanario BRECHA.
El semanario Brecha publicó los días 27 de julio y 4 de agosto de 2012 los artículos "El juego oculto
de la banca" y “La gran propina”, con afirmaciones incorrectas de los hechos ocurridos y cuestionan mi honestidad. El autor, Walter Pernas, alguna vez dijo que (los periodistas) “somos como perros de calle; hurgamos por todos lados”. Sin embargo ni él ni nadie de Brecha se dignó contactarse conmigo, para hurgar antes de imputar. Por lo visto, en este caso, la calle no es siempre la mejor escuela, al menos de periodismo. Estas líneas son el descargo acordado en la Sede Judicial con el Semanario Brecha.
Este hecho, sin embargo, no puede prever que se hayan reservado otras extensiones del semanario para reincidir con la calma y el espacio que la propiedad del verbo y la tinta –sin necesidad de recurrir a la Justicia- les da. Ojalá, si lo han hecho o si lo hacen en el futuro, emulen algo de sus antecesores, de Quijano, Castro o Alfaro, perros de raza que supieron siempre oler con precisión y profesión, para no tragarse carne podrida.
Un cumulo de equivocaciones
Con 145 palabras ordenadas en el primer párrafo del artículo “El juego oculto de la banca” alcanzan para que el periodista propagara ocho inexactitudes, a saber: 1) Que oculté ante el Tribunal de Cuentas documentos técnicos y jurídicos de la Dirección General de Casinos (DGC); 2) Que repetí tal falta ante el Ministerio de Economía; 3) Que despedí a un abogado del Área Jurídica de la DGC; 4) Que despedí a un contador de la DGC; 5) Que respaldé la tramitación de un certificado notarial falso; 6) Que cerré un casino del Estado competidor de un nuevo negocio también del Estado. Concluye con otras dos cuestiones: 7) Que la Justicia detectó la falta de control del Estado sobre las inversiones de su socio privado en un casino mixto; y 8) Que la Justicia halló una diferencia de 40 por ciento a favor del inversor en el canon que Casinos debió pagar. Claro que estas dos últimas, no queda muy claro que me sean imputadas en primera persona.
La porfiada realidad de los hechos
Lo que sigue puede aburrir al lector. Aburre salir a aclarar porque no existe otro camino que exponer una serie de hechos regulados por las normas que establecieron su orden racional. Eso que se llama “burocracia”, la herramienta que controla el entusiasmo y emocionalidad de los que, con afán de transformar la realidad, dedicamos gran parte de nuestro tiempo a la función pública.
Los hechos
Para quien no conozca sobre la actividades de Casinos en nuestro país o su realidad en la ciudad de
Punta del Este, se debe explicar que el artículo trata sobre el proceso de transformación de la sala de juegos del “Casino Nogaró” (Casino del Estado Punta del Este, en la calle Gorlero), de un modelo de explotación cien por ciento administrado por el Estado a un modelo de explotación mixta. Ello incluyó la incorporación de un socio privado, la firma Vidaplan SA, a través de adjudicación (selección del privado por parte del Estado) del tipo directa. Debemos aburrir con la descripción del inicio de tal proceso.
A mediados de 2007, la empresa Vidaplan, contratada por el Estado desde el año 2002 (mediante sistema mixto), para la sala de juegos conocida como El Mantra, formalmente Casino del Estado La Barra de Maldonado, realiza a Casinos una propuesta de ampliación de dicho contrato, en la cual se sugiere la inclusión del Nogaró en el mismo, argumentando un preacuerdo con los propietarios del tradicional inmueble ubicado en la calle Gorlero, exponiendo su voluntad de inversión y apoyando la idea con la interpretación del artículo 63 del TOCAF (ampliación de contrato), que avalaría legalmente la ejecución de su propuesta. Sumado al interés por el Nogaró, Vidaplan manifiesta allí la no sostenibilidad económica del emprendimiento, el Mantra, por lo cual la autoridad debe analizar dos situaciones preocupantes. La situación del Nogaró y su calamitoso estado y el posible cierre y desinversión del Hotel Mantra. El país estaba en la crisis financiera más importante desde el crack del 29, con riesgos altísimos de caída de las inversiones y concomitantemente del crecimiento. Por tanto, no era menor para Punta del Este, para el turismo, el eventual cierre de uno de los dos hoteles cinco estrellas con que contaba. Esta propuesta, fechada el 13 de julio de 2007, ingresa formalmente a la DGC el 17 de julio y conforma el expediente interno número 369/2007. Un mes después, el Área Jurídica, luego de darle vista el Director de Casinos, hace un extenso alegato (de 23 folios o páginas) manifestando su oposición a la propuesta de Vidaplan.
En octubre de ese mismo año, los servicios jurídicos del Ministerio de Economía derivan un informe a la Dirección General de Casinos indicando la realización de una evaluación del Casino Nogaró, para definir si resulta más conveniente continuar con su explotación bajo el mismo régimen o integrar la tradicional sala al Sistema Mixto de Explotación. Dicho informe dice textualmente que si la explotación mixta “… fuera la decisión resultaría pertinente explorar y analizar las alternativas posibles, esto es, llamado a expresión de interés, llamado a licitación, y si aún se entendiese económicamente conveniente considerar la propuesta de ampliación de Vidaplan S.A. debería superarse en el mejor de los casos la dificultad que a nuestro juicio existe para sustentar la viabilidad de un anexo o ampliación a distancia, así como tener presente las consecuencias que la institución de un precedente de tal naturaleza implicaría.”
Dadas las opiniones legales divergentes, en enero de 2008 el Ministerio de Economía eleva el expediente al Tribunal de Cuentas, cumplimentando con el art. 95 del TOCAF, para realizar una consulta vinculante. Casi tres meses después, el Tribunal responde que “por la distancia entre ambos locales y por no calificar el Nogaró como un hotel cinco estrellas, este Tribunal entiende que no es posible ampliar al amparo del art. 63 del TOCAF”. Sin embargo, el Tribunal agrega en su dictamen que en atención a que la Gerencia de Área Jurídica ha expresado que el lugar que ocupa el Nogaró en la calle Gorlero es privilegiado e irremplazable, “corresponde señalar que nada obsta para que a los efectos de continuar manteniendo la explotación del Casino pueda contratar en forma directa con quien posea la capacidad jurídica para disponer del local. Ello es así en la medida que la localización comercial resulte el factor determinante para el éxito de la explotación del Casino.” Y parangona con otra situación: la falta de observación por parte del Tribunal de Cuentas a los gastos que el BROU hizo para arrendar directamente un local en Punta Carretas Shopping donde opera su sucursal.
Las interpretaciones divergentes continúan: Vidaplan contesta la vista conferida e informa que de acuerdo a los considerandos antedichos (numerales 11 y 12 de la resolución del TC) procederá a presentar una propuesta con un proyecto edilicio para presentar en la DGC. Allí el Área Jurídica de la DGC sostiene que es un grave error de interpretación del informe del Tribunal por parte de Vidaplan S.A., transcribe el considerando del numeral 10 y concluye que el planteamiento de la empresa carece absolutamente de fundamentos y de objeto legítimo y , el 16 de julio de 2008, el Director de Casinos, procede a archivar el expediente.
A mediados de 2008, ante esa situación, Vidaplan eleva la propuesta directamente al Ministerio de Economía, acreditando un nuevo contrato con los propietarios del inmueble “privilegiado e irremplazable” de la calle Gorlero, con la pretensión de demostrar la capacidad jurídica para contraer
derechos y obligaciones sobre el mismo y adjunta un Proyecto de Inversión y de Obras que debería ser analizado y acordado con las autoridades. Con nuevos argumentos (no ya el artículo 63 del TOCAF sino la resolución del Tribunal de Cuentas en base a los considerandos en los numerales 11 y 12), promueven la pertinencia de una contratación directa con el Estado.
El 28 de agosto de 2008, los Servicios Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas realizan un resumen de los dos expedientes, el que se tramitaba en Casinos y el del Ministerio. Allí plantean que corresponde dilucidar si los numerales 11 y 12 del Dictamen del Tribunal de Cuentas de fecha 26 de marzo de 2008, al recordar la posibilidad jurídica de contratar directamente al amparo del art. 33 del TOCAF, poseen el alcance que sugiere Vidaplan en estos obrados. Plantea el informe: “la cuestión no es sencilla, razón por la cual lo prudente sería – ya que se polemiza sobre el alcance de las palabras del Tribunal de Cuentas – requerir a éste para que aclare si los considerandos 11 y 12 del referido dictamen deben ser entendidos con el alcance que le pretende otorgar la firma consultante, sugiriéndose que los aspectos formales (por razones de economía procesal) sean dilucidados y agotados antes de iniciar todo tipo de negociación al respecto”.
El 3 de setiembre de 2008 el Tribunal de Cuentas considera el pedido del Ministerio de Economía y
señala: “Que conforme lo anterior y los antecedentes obrantes, a efectos de continuar manteniendo la explotación del Casino Nogaró, el Estado podrá contratar en forma directa, invocando algunas de las excepciones mencionadas en el considerando 12 in fine del dictamen de este Tribunal, con quien posea la capacidad jurídica para disponer del local. Concretamente, podrá optar por contratar directamente con Vidaplan S.A. o bien podrá contratar con los propietarios del bien, siendo actualmente ambas opciones factibles.” (El subrayado es mio)
Un respiro, por favor
Sintetizando, luego de un año del inicio de los hechos que el periodista utilizó para descalificarme en la edición del 27 de Julio pasado de este semanario, la situación era la siguiente:
a) La Dirección General de Casinos adeudaba a los propietarios del inmueble del Nogaró, los montos por arrendamiento de la sede del Casino del Estado Punta del Este. b) La empresa Vidaplan, asociada al Estado en el casino del Hotel Mantra de Punta del Este, plantea extender su negocio para poder salvar el Hotel, ofreciendo a su vez una posible solución para la situación del Nogaró, y pretendía la vía de la contratación directa para llegar a ella. c) El Área Jurídica de la Dirección General de Casinos (DGC) planteaba la ilegalidad de la vía de contratación sugerida en la primera propuesta de Vidaplan. Y proponía como solución a la situación del Nogaró la expropiación del bien que el Estado arrendaba a más de 20 millones de pesos al año. d) El Ministerio de Economía, órgano de gobierno al cual se adscribe la Dirección General de Casinos, recurre al Tribunal de Cuentas y éste dictamina de forma tal, que los servicios jurídicos de la DGC y la empresa interpretan en sentidos contradictorios. e) El Ministerio de Economía vuelve a consultar al Tribunal de Cuentas, y éste dictamina que es factible contratar en forma directa tanto con Vidaplan como con los propietarios del bien. f) Yo, Fernando Nopitsch, durante todo este año, durante todo este proceso cuya descripción ha aburrido a todos nosotros, me desempeñé como Director de Obras Sanitarias del Estado (OSE), cargo que ocupaba desde el año 2005. Vale decir, que no tuve nada que ver con esos hechos, porque no había asumido el cargo, ni pasaba por mi cabeza la posibilidad de ser Director de Casinos.
Director de Casinos
Ingresé a la Dirección General de Casinos el 17 de octubre del año 2008. Pisé muy pocas veces un
Casino antes de ocupar dicha función, y asumí con muchos prejuicios personales sobre la actividad. Pero entendiendo que en la función pública la mayor parte de las veces no es uno quien elige dónde se puede ser útil, quizás por eso, aquello del servidor público.
También, para ser justo, vale decir que supe disfrutar la gestión durante los 16 meses que estuve al frente del organismo. En cada uno de mis cargos en la IMM (1991- 2005); en OSE (2005- 2008), así como en Casinos (mi último cargo público, hasta febrero de 2010), tuve la oportunidad de acompañar procesos de transformación profunda que me aportaron buenos aprendizajes.
El juego es un asunto delicado. Quien con afán investigador se acerque a la sala del Casino del Punta Shopping, además de verificar que siempre siguió abierta, en contradicción a lo publicado, podría haberse tentado de gastarse dinero en un entretenimiento que conlleva el riesgo de la adicción compulsiva. Aquello que se llama ludopatía, otro tema que ocupó mis obligaciones de aquellos tiempos y para cuya vigilancia alcancé a realizar un Convenio con la Facultad de Medicina, para la atención gratuita de quienes lo padecieren y su entorno familiar, ayudando para su recuperación. Este convenio, primero en esta materia, sigue funcionando hasta el día de hoy.
En la calle, y al amparo de cierto vacío que debilita la función de control que debe ejercer el Estado, miles de máquinas ilegales se tragan las monedas de miles de uruguayos. Y soy consciente que al decir esto vuelvo a ganarme la motivación por ensuciar mi nombre por parte de algunos poderosos que manejan un negocio ilegal que produce ganancias millonarias. Fue durante mi gestión al frente de la Dirección General de Casinos que se produjo un proyecto de Ley para fortalecer al Estado en el control de este verdadero flagelo. Elevado por mí al Presidente de la República e ingresado al Parlamento Nacional, este proyecto con otros similares que se pusieron a debate posteriormente conformaría un verdadero avance en materia de prevención y control del juego ilegal.
Brecha, rescatando el espíritu de Marcha, también podría investigar las adjudicaciones directas de emprendimientos mixtos que dieron pérdida al Estado. Tiene los casos del Horacio Quiroga (Salto) y
el Four Seasson, (Carmelo) ambos cerrados. Yo acordé el cierre de éste último, a propósito. Y también procedí (por razones de interés general del Estado) al cierre del Casino del Estado en Laguna Marín, por comprender como inadmisible para las funciones del Estado el subsidio de las pérdidas (que generaba) una sala de juego. Fueron los únicos cierres de Casinos que tramité en mi breve gestión, con motivos fundados de acuerdo a las obligaciones de mi función.
Todas las salas de juego de tipo mixto que existían cuando me hice cargo de la gestión, Radisson Victoria Plaza en Montevideo, Hotel Mantra en Punta del Este, Hotel Four Seasson en Carmelo y Hotel Radisson en Colonia habían sido adjudicadas en forma directa. También así el Hotel Horacio Quiroga en Salto, que ya estaba cerrado al momento que ingresé a la Dirección. La única excepción fue el Hipódromo Nacional de Maroñas, para cuya recuperación se realizó una licitación que permitió reciclar el hipódromo a cambio de habilitar al inversor dos salas de juego en Montevideo y tres en el resto del país. Durante mi gestión promoví que la Dirección Nacional de Casinos modificara su cultura de adjudicación directa para los emprendimientos mixtos. Prueba de ello el llamado a ofertar emprendimientos mixtos en todo el país (con la excepción de Montevideo) que fuera ampliamente difundido. Me fui de Casinos con el proceso de licitación en marcha.
Nogaró mixto
Cuando ingresé al frente de Casinos, la Dirección poseía 29 salas de juego: 21 gestionadas en forma directa y 8 bajo el modelo de emprendimiento mixto. Casinos representa ingresos netos para el Estado por unos 80 millones de dólares por año, pero las ocho salas con emprendimiento mixto aportan el 70% de tales ganancias. Esto se explica por la inversión que el Estado obliga a realizar al privado para acceder a dicho contrato de arrendamiento. El Estado es siempre dueño del juego, y en ambos casos, la operación está a cargo de funcionario públicos. En las dos modalidades (estatales y mixtas), se establece un contrato de arrendamiento, así sea con el propietario de una sala que el Estado equipa (modalidad estatal) o con el propietario (o arrendador) de una instalación ya equipada con la infraestructura de juego y entretenimiento (modalidad mixta). En ningun caso, el privado maneja el juego.
El Nogaró, entonces, atravesó el proceso de cambio de una modalidad a otra. La Dirección de Casinos, previo a mi ingreso al cargo, evaluó dos propuestas para lograr inversiones en remplazo de la vieja sala, la de Vidaplan y la Grupo Cipriani. Esta última no fue tenida en cuenta por las autoridades anteriores, porque implicaba descartar el edificio Nogaró de la calle Gorlero, que funcionó desde 1928 en el mismo lugar, y que es considerado como “privilegiado e irremplazable”. Es la ubicación de Casino más antigua del Uruguay.
Sobre mis actuaciones en la contratación de Vidaplan como arrendador del Casino Nogaró, vale decir que antes de poner mi firma en el Contrato que recibí del expediente cuyo largo proceso fue relatado, promoví cuatro modificaciones a esta negociación: 1) Que Casinos recibiera equipos antes de que finalizaran las obras propuestas, para mejorar las condiciones de la sala; 2) Que la empresa, durante el tiempo que durara la obra en el Nogaró, le entregara a Casinos sin costo un local acondicionado para seguir funcionando; 3) Que se redujera el canon pretendido por la empresa; y 4) Que se agregue una cláusula de salvaguarda para el pago inicial del Estado a Vidaplan, en la eventualidad que no se alcanzaran los ingresos esperados. La primera de ellas no pudo ser concretada por observaciones pertinentes del área Jurídica; la segunda sí, fue una mejora concreta al Contrato, y funcionó el Casino en una sala nueva de marzo a diciembre sin pagar un solo peso de arrendamiento. En cuanto a la tercera, se logró una reducción de 3 puntos en beneficio del Estado. La cuarta logró integrarse al contrato redactado por Jurídica, y finalmente fue clave para reducir los pagos efectuados a Vidaplan por concepto de arrendamiento durante 2010.
El proceso para la firma del contrato con Vidaplan continuó con el envío del expediente desde Casinos al Ministerio de Economía, que a su vez lo remitió al Tribunal de Cuentas. El 18 de febrero de 2009 el Tribunal de Cuentas, máximo Órgano independiente de contralor del Estado, interviene sin observaciones el contrato. El 16 de marzo de 2009 el Presidente de la República autoriza a la Dirección General de Casinos a firmar con la empresa Vidaplan , designando para otorgar el contrato en representación de la Administración al Sr. Director General de Casinos. El 27 de marzo de 2009 se firmó el contrato.
Los sindicatos de Casinos del Estado
Casinos del Estado tiene tres sindicatos: La Asociación de Funcionarios Administrativos de Sala, que agrupa a los trabajadores que trabajan con los slots y tiene unos 800 afiliados; la Asociación de Funcionarios Profesionales de Casinos, agrupa a los trabajadores que trabajan en las salas en los juegos tradicionales, juegos de paño, con unos 400 afiliados. Ambos sindicatos aprobaron y estuvieron de acuerdo con transformar al Nogaro en un emprendimiento mixto. Participé en una Asamblea con los trabajadores de Maldonado y Punta del Este, quienes también aprobaron el emprendimiento mixto del Nogaro. Nótese que estos sindicatos agrupan a la gente que trabaja en las salas y que conoce perfectamente las carencias que existían en el viejo Nogaró. El tercer sindicato AFOCCE tenía 40 afiliados de los 110 trabajadores que trabajan en oficina central de Casinos. Este es quien se opuso al emprendimiento mixto. Hizo dos remitidos en Brecha cuando era
Director. Es secretaria general una abogada de jurídica, propuesta para ocupar un cargo de Subgerente y miembro del “comité de calidad” del área jurídica.
Tanto va el cántaro…
En el cúmulo de inexactitudes del artículo publicado en Brecha se dice que despedí al gerente del Área de Administración Financiera, Contador Diego Rosa, por haberse negado a pagar un contrato de arrendamiento vigente. Inexacto también: el contador Rosas nunca fue gerente del Área de Administración Financiera, pero además siguió trabajando en la DGC hasta que dejé el cargo en la Dirección y con posterioridad a ello pidió un pase en Comisión al despacho de un Diputado Nacional. También dice Brecha que derivé a atender un teléfono en la Comisión Promoción y Defensa de la Competencia al abogado Fernando Magnífico del Área Jurídica y funcionario por casi 30 años de Casinos.
Ocupar la más alta jerarquía de cualquier tipo de institución, pública o privada, obliga a tomar decisiones que siempre afectan algún interés, ergo algún conflicto se desprende. El manejo del conflicto es una de los factores clave para cualquier tipo de gestor. Apenas ingresado a Casinos me quedó claro donde se requerían mis mayores esfuerzos en manejo de conflictos: el Área Jurídica.
Jurídica contaba con nueve abogados, un Gerente y un subgerente. El área pretendía que hiciera uso e un “facultase” que se había habilitado a Casinos a crear una segunda subgerencia, y que ésta fuera para la secretaria general del sindicato (ver “Los Sindicatos de Casinos”). Me negué a ello, por sentido común: una gerencia y una subgerencia ya resultaban una desproporción para un cuerpo profesional de once personas. Y además, cargar al Estado con una función innecesaria es particularmente oneroso en la repartición de Casinos: un gerente percibe allí un ingreso mensual –variable en función de la recaudación, como el de todos los empleados de Casinos- de $U 148.961 a esto hay que sumarle la antigüedad que no está incluida, que es aproximadamente $U 20.000 más; un subgerente $U 127.666 más la antigüedad (ambos sueldos figuran en la pagina http://www.casinos.gub.uy, institucional, estructura orgánica, remuneraciones). Son salarios legítimos producto de una modalidad comprensible cuando pensamos en un funcionario por cuyas manos pasan valiosas fichas durante largas noches, con descansos rotativos los fines de semana, pero sin dudas excesivos para quienes habitan una oficina pública de lunes a viernes. Según se puede ver en la página web http: //poderjudicial.gub.uy, un Ministro de la Suprema Corte gana U$ 149.379. Quienes ejercen la responsabilidad máxima en la Justicia uruguaya, ganan lo mismo que un Gerente de Área Jurídica de una Dirección de un ministerio con diez personas a su cargo. Inequidades del Estado.
Con anterioridad a mi ingreso, el 18 de diciembre de 2007, el Ministro de Economía (Cr. Astori) instruye a la Auditoria Interna de la Nación a realizar una auditoria integral en la Dirección General de Casinos. El 1 de agosto de 2008 (también antes de mi ingreso), la Auditora Interna de la Nación comunica al Director de Casinos que desarrollará una auditoria en la Asesoría Jurídica, en virtud de las observaciones realizadas por el equipo auditor. Transcribo algunas de las conclusiones a las que arribó el equipo auditor. “La concentración en el área jurídica de dos funciones que por su naturaleza no deben ser asumidas por el mismo órgano, intervenir de modo relevante en el proceso de elaboración de manuales e instruir el procedimiento por el cual juzga la conducta del funcionario a partir de dichos manuales.” “Diferencia de criterio para imputar responsabilidad a los titulares de cargo de dirección, a nivel de División de área y Gerencia de los establecimientos de juego.” “Han existido aspecto relativos a la independencia técnica de los instructores, la relación de los mismos con el gerente y la distribución de tareas, no favorables a la consolidación de un ambiente adecuado para la instrucción de los procedimientos disciplinarios.” Quiero demostrar con lo anterior, que el conflicto con el que debía lidiar, existía previo a mi ingreso.
Estando a cargo de la Dirección ordené la realización de un llamado a concurso para proveer los cargos de Subgerente Comercial y Auditoría de Casinos. Esta forma de ascenso inédita en Casino, increíblemente fue recurrido administrativamente por los responsables del área jurídica.
El señor Ministro de Economía y Finanzas, haciendo uso de sus potestades, nombró al abogado del Área Jurídica, Fernando Magnífico, en una Comisión dentro del Área de Defensa del Consumidor, por
supuesto que sin modificar su condición salarial. Lo que puede motivar el equivoco del periodista, es
que fui yo quien le sugerí el nombre al Ministro, luego que nos hiciera el pedido a todos los Directores del Ministerio, para que le propusiéramos nombres de profesionales de nuestras reparticiones para cubrir esa necesidad. Para ello valoré dos elementos que hacen a la gestión: por un lado el manejo de conflicto planteado en Casinos y por otro, frente a la demanda del Ministro, los 30 años de experiencia del profesional que deberían ser, a priori, una garantía para el buen desempeño en una tarea importante a criterio del Ministerio. Por último un tema elemental, un Director no puede trasladar a un funcionario a otra Dirección distinta a la que se desempeña.
...que al final se rompe
El artículo de Brecha insiste en remarcar que las supuestas ilegalidades en la contratación del Nogaró fueron destacadas insistentemente por algunos abogados del Área Jurídica, en especial el Dr. Magnífico. Ya he dicho bastante, pero no quiero dejar pasar la oportunidad de destacar lo que sigue. El Manual de Organización y Funciones para Área Jurídica de la DGC, recuerda a todo el cuerpo de abogados del área una cuestión insoslayable de nuestro Código Penal: “Los funcionarios pertenecientes al Área Jurídica, se encuentran especialmente obligados a cumplir y a hacer cumplir, lo dispuesto en los artículos 177 del Código Penal y 175, 176 y 177 del Decreto 500/991 de 27/09/991, que establecen:…” El art. 177 refiere a la omisión de los funcionarios en proceder a denunciar delitos. El Dec. 500/991, art. 175.- Obliga también a todos los funcionarios públicos a denunciar las irregularidades de que tuviera conocimiento en razón de sus funciones y además deberá ponerlas en conocimiento de sus superiores jerárquicos.
El art. 176 dice que lo dispuesto en el artículo anterior, es sin perjuicio de la denuncia policial o judicial.
Artículo 177.- “La omisión de denuncia administrativa y policial o judicial configurará falta grave.”
Cuesta creer que un abogado del Área Jurídica de un Ente del Estado, convencido de la existencia de algún delito o irregularidad cometido en su repartición, sea capaz de omitir tan primaria norma que los obliga especialmente a realizar la denuncia policial o judicial, y exponerse a cometer una falta grave. Sin embargo, no realizaron denuncia alguna.
Métale al tambor
Llegando al final de esta reparación, aburridos o no, nadie puede negar que se me dio –Justicia mediante- la oportunidad de brindar información justa sobre mi gestión al frente de Casinos. Pero yo creo que no hay posibilidad alguna de reparar el daño que se me ha hecho.
No se trata de victimizarme, pero mientras exista la posibilidad que cualquier compañero de estudios
de mis hijas ingresen “Nopitsch” en Google u otro buscador de Internet con el objeto de encontrar
su Facebook y termine dando con los artículos de Brecha, el daño estará allí, insistente, persistente,
indefinidamente en el tiempo.
No puedo culminar sin antes pedir disculpas a todos los profesionales y periodistas de Brecha que puedan haberse sentidos incluidos en una generalización que no les cabe. Confío en ese periodismo que supo meterle al tambor, trayendo un pueblo en su voz. Si bien veo una brecha muy amplia con aquellos tiempos, los valores están siempre allí, al alcance de una buena hemeroteca. Si se me permite un consejo: métale a la Marcha...
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias