Ley de Caducidad.

Caso Gelman: La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Uruguay


WASHINGTON, 24 Mar (UYPRESS) - La Corte notificó este miércoles la sentencia condenando a Uruguay por la desaparición forzada de María Claudia García Iruretagoyena de Gelman y el nacimiento en cautiverio de su hija Macarena Gelman, durante la dictadura militar.

De acuerdo con los compromisos internacionales asumidos por el Estado uruguayo, el pleno cumplimiento de esta sentencia es obligatorio y vinculante para el país.

María Claudia Garcia Iruretagoyena, con 19 años de edad y siete meses de embarazo, fue secuestrada en Buenos Aires (Argentina) y trasladada a Montevideo (Uruguay) a un centro clandestino de detención. Allí dio a luz a una niña en noviembre de 1976. Permanecieron juntas hasta diciembre de ese año y desde entonces Maria Claudia se encuentra desaparecida. El poeta argentino Juan Gelman, nunca dejó de buscar a su nieta, a quien pudo conocer más de 20 años después de su nacimiento.

Las denuncias presentadas por Juan y Macarena Gelman ante la justicia uruguaya no pudieron avanzar debido a la vigencia de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, promulgada en 1986 para evitar que los perpetradores de graves violaciones de derechos humanos durante la dictadura militar fueran llevados a juicio.

El 8 de mayo de 2006, María Macarena Gelman García y Juan Gelman, representados por CEJIL, presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos denunciando a Uruguay por la impunidad en que quedaron estos graves crímenes y la violación a la Convención Americana sobre Derechos Humanos que representa la vigencia de la Ley de Caducidad.

La sentencia de la Corte Interamericana, estableció que Uruguay debe remover todo obstáculo que permita la impunidad y dictaminó que “Dada su manifiesta incompatibilidad con la Convención Americana, las disposiciones de la Ley de Caducidad que impiden la investigación y sanción de graves violaciones de derechos humanos carecen de efectos jurídicos y, en consecuencia, no pueden seguir representando un obstáculo para la investigación de los hechos del presente caso y la identificación y el castigo de los responsables ni pueden tener igual o similar impacto respecto de otros casos de graves violaciones de derechos humanos consagrados en la Convención Americana que puedan haber ocurrido en el Uruguay”, señala la sentencia.

Asimismo, la Corte Interamericana estableció que el hecho de que la Ley de Caducidad no haya podido ser anulada cuando fue sometida a referéndum no puede ser un impedimento para dejarla sin efecto de inmediato.

Con respecto a la búsqueda de los restos de las personas desparecidas la Corte Interamericana indicó que el Estado uruguayo deberá conducir y llevar a término de modo eficaz las investigaciones por las desapariciones forzadas de Maria Claudia y Macarena , así como de los hechos conexos, determinando las correspondientes responsabilidades penales y administrativas que la ley prevea y acelerar la búsqueda y localización inmediata de María Claudia o de sus restos mortales y, en su caso, entregarlos a sus familiares.

A su vez, la Corte Interamericana estableció una serie de reparaciones, que implican además la adopción por el Estado uruguayo de una serie de políticas públicas para reparar las violaciones sufridas de manera integral, así como un acto de perdón público por los crímenes cometidos y la persistencia de la impunidad.

Se incluye a continuación el texto completo de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA.

Política
2011-03-24T12:11:00

UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias

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