Ediles "honorarios", pero con partidas de hasta $150 mil al mes

03.10.2026

MONTEVIDEO (Uypress)- El cargo no tiene sueldo por mandato constitucional, pero las juntas pagan viáticos, secretarías y compensaciones que el Tribunal de Cuentas observa en gran parte del país.

 

El cargo de edil departamental es honorario. Así lo establece expresamente el artículo 295 de la Constitución. Sin embargo, en buena parte del país los integrantes de las juntas departamentales reciben partidas, compensaciones, viáticos, combustible o dinero destinado a secretarías y asesores. Algunos de esos montos alcanzan los $150.000 mensuales por edil, según informe de diario El Observador.

La situación volvió al centro de la discusión después de que el edil nacionalista de Montevideo Gonzalo Gómez reconociera que tenía contratado como asesor por $52.000 mensuales a Pablo Leiva, condenado por lavado de activos, pese a no haberle asignado tareas. Un relevamiento del medio citado sobre los 19 departamentos muestra que el fenómeno excede ampliamente a Montevideo. 

El punto central está en distinguir un salario encubierto de un gasto efectivamente generado por la función. Desde 2010 el Tribunal de Cuentas (TCR) mantiene un criterio general: las partidas retributivas violan el carácter honorario establecido constitucionalmente; en cambio, pueden admitirse reintegros por alimentación, alojamiento o traslados cuando responden a gastos reales y cuentan con rendición y documentación. Las partidas para secretaría, asesoramiento o conceptos similares deben ser observadas. 

El problema es que muchas juntas reiteran los gastos pese a esas observaciones.

De $15.000 a $150.000

Las diferencias entre departamentos son enormes. Canelones aparece en el extremo superior: cada edil dispone desde 2010 de una partida para secretaría particular o asesoramiento que actualmente asciende a unos $150.000 mensuales.

En Maldonado, el sistema creado en 2015 supone aproximadamente $90.000 mensuales por edil, aunque el dinero se entrega al sector político correspondiente. La partida está destinada a asesoramiento, transporte, funcionamiento y representación. El TCR considera que vulnera distintos artículos de la Constitución. Incluso su asesoría jurídica planteó la posibilidad de una denuncia penal, que finalmente el organismo decidió no promover porque ya había existido otra denuncia, archivada por la Justicia. 

En Durazno, la Junta maneja alrededor de $86.000 mensuales por edil para gastos de secretaría. Florida permite una compensación de hasta nueve BPC -unos $61.776 mensuales- por alimentación, traslado, hotelería, telefonía y determinados gastos del vehículo. La rendición documental es optativa y el régimen está observado por el TCR. La Junta rechaza esa interpretación y sostiene que las partidas tienen carácter resarcitorio. 

En Colonia, los ediles reciben $57.017 mensuales para gastos derivados del ejercicio del cargo y algo más de $4.000 por cada asistencia a comisiones. El cobro completo de la partida está condicionado a concurrir a todas las sesiones.

Rivera llega hasta aproximadamente $56.000 por traslado y viáticos; Río Negro paga unos $55.000 como "partida resarcitoria de gastos"; Flores ronda los $50.000 mediante una "partida de protocolo", y San José entrega $45.000 mensuales "por todo concepto relativo a la función". Varios de estos mecanismos están observados. 

Artigas entrega alrededor de $46.000 mediante viáticos sin rendición. Rocha ronda los $30.000, también sin rendición. Tacuarembó tiene reintegros que pueden alcanzar los $47.000.

Otros departamentos aplican sistemas más restrictivos. En Lavalleja existen viáticos de hasta $15.000 con obligación de rendir gastos; Treinta y Tres contempla algo más de $15.000 para ediles que viven fuera de la capital departamental y exige documentación del combustible; Cerro Largo estableció reintegros de hasta $8.000 para titulares y $4.000 para suplentes, también sujetos a rendición. 

Montevideo: cuatro partidas observadas

La capital presenta una situación diferente porque buena parte del dinero no termina directamente en el bolsillo del edil sino que financia la estructura que lo rodea.

El Tribunal de Cuentas observa actualmente cuatro mecanismos: gastos de secretaría y asesores; combustible; viáticos y pasajes al interior; y boletos destinados a suplentes y colaboradores. 

Cada edil montevideano dispone de alrededor de $262.000 mensuales para secretaría. Después de descuentos, quedan aproximadamente $190.000 para contratar colaboradores. Cada representante puede tener hasta cinco secretarios y agregar hasta cuatro funcionarios mediante pases en comisión, por lo que potencialmente puede trabajar con nueve personas. 

Además, los ediles no pagan patente de rodados y disponen de combustible. Quienes utilizan transporte colectivo cuentan con un sistema de boletos gratuitos. 

Salto y el dinero que puede terminar en los partidos

Salto presenta otro mecanismo singular. La Intendencia paga alrededor de $50.000 por edil para disponer de un secretario. Según el relevamiento, la partida no está observada por el TCR, pero tampoco existe rendición sobre su utilización y ediles consultados reconocieron que, en determinados casos, el dinero termina aportándose al sector político. 

En 2017 la Junta salteña intentó establecer además una partida directamente destinada a los ediles, pero la Intendencia recurrió la resolución y quedó sin efecto.

Una discusión que Uruguay no resolvió

Detrás de estas cifras existe un problema político e institucional más profundo. Las juntas departamentales legislan y controlan intendencias que manejan presupuestos millonarios, autorizan excepciones territoriales, exoneraciones, préstamos y modificaciones presupuestales. Los propios ediles argumentan que resulta muy difícil realizar esa tarea profesionalmente sin remuneración.

Existe incluso una posición académica favorable a sincerar el sistema y remunerar directamente a los ediles, estableciendo al mismo tiempo controles transparentes sobre sus gastos. 

Pero existe un obstáculo constitucional. En 1994 se sometió a plebiscito una reforma que, entre otras disposiciones, proponía terminar con el carácter honorario. Obtuvo solamente 28,5% de los votos. 

Desde entonces Uruguay quedó atrapado en una situación peculiar: la Constitución dice que los ediles no cobran, pero numerosas juntas crearon mecanismos para financiar el ejercicio de una actividad política que en los hechos demanda tiempo, colaboradores y recursos.

El resultado es un sistema profundamente desigual: un edil puede disponer de $150.000 para secretaría en Canelones, recibir cerca de $55.000 sin una rendición equivalente en otros departamentos o acceder solamente al reintegro documentado de los gastos que efectivamente realizó.

Y sobre buena parte de ese entramado aparece desde hace años la misma advertencia del Tribunal de Cuentas.

La discusión, por tanto, ya no parece limitarse a si los ediles deben cobrar o no. El problema es que Uruguay mantiene constitucionalmente un sistema honorario mientras tolera, departamento por departamento, mecanismos de pago que en numerosos casos el propio órgano constitucional de control observa sistemáticamente. 

Foto: JDCanelones / Gobierno de Canelones

Política
2026-10-03T05:01:00

UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias