“Deplorable y condenable”: Crysol, sobre propuesta de otorgar libertad anticipada a represores condenados
10.04.2026
MONTEVIDEO (Uypress) – La asociación de ex presas y ex presos políticos dio a conocer un comunicado donde fija su posición sobre la propuesta que, con el argumento de descomprimir la situación carcelaria, habilita la excarcelación de represores condenados por delitos de lesa humanidad, que es planteada en la iniciativa de reforma del Código de Proceso Penal.
La Asociación de ex presas y ex presos políticos, Crysol, expresó su rechazo a la propuesta incluida en la reforma del Código de Proceso Penal (CPP) que habilita la liberación anticipada de represores condenados por delitos de lesa humanidad.
"La propuesta de otorgar la libertad anticipada a los represores condenados por delitos de lesa humanidad, invocando el propósito de descomprimir la explosiva superpoblación carcelaria, nos parece deplorable y condenable", comienza señalando el comunicado difundido en la víspera por el colectivo de ex presos.
Al tiempo que señalan que esos presos son una "ínfima proporción de la población carcelaria", expresan que esos represores, "con sentencia firme, no merecen ningún tratamiento jurídico que signifique disminuir el castigo legal que les corresponde por la gravedad de sus delitos: imprescriptibles e inamnistiables".
"Lograr que 132 terroristas de Estado fueran procesados, condenados y/o formalizados, romper la muralla de impunidad construida durante décadas para protegerlos, fue una batalla épica de luchadores sociales y políticos que este proyecto desprecia", se señala en el documento.
El comunicado de Crysol concluye haciendo un llamado "a todas las organizaciones sociales, sindicales, gremiales, culturales, estudiantiles, de DDHH y al sistema político a rechazar esta iniciativa y a movilizarse para impedir que ella prospere mientras seguimos la lucha por Verdad, Justicia, Memoria y nuestras 197 detenidas y detenidos desaparecidos".

En la propuesta de reforma del CPP se incluye, en sus artículos 201 y 301bis, la posibilidad de solicitar libertad anticipada a todos los delitos que habían sido excluidos de ese derecho, lo que abarca también homicidio, delitos de narcotráfico, secuestro, delitos sexuales, extorsión, rapiña y otros, que habían sido excluidos en caso de ser reincidentes o reiterantes.
Imagen de portada: cárcel de Domingo Arena/captura
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias