UN DERECHO LEGITIMO Y DEMOCRATICO
CIJ reconoce derecho de huelga
26.05.2026
MONTEVIDEO (Uypress) - La Corte Internacional de Justicia avaló la posición del movimiento sindical y reconoció que el derecho de huelga está comprendido y protegido por el Convenio 87 de la OIT.
Tras más de una década de controversias sobre el alcance del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, que consagra la libertad sindical y la protección del derecho de sindicalización, la semana pasada la Corte Internacional de Justicia (CIJ) falló a favor de la postura defendida por los trabajadores.
La consulta había sido promovida por el Consejo de Administración de la OIT, que solicitó a la Corte determinar si el derecho de huelga se encontraba comprendido dentro de las garantías reconocidas por el Convenio 87, pese a que este no lo menciona expresamente en su texto.
En su opinión consultiva, la CIJ sostuvo que el Convenio 87 reconoce a las organizaciones de trabajadores y empleadores amplias facultades para organizar sus actividades y programas con el fin de promover y defender sus intereses. En ese sentido, consideró que esos conceptos son lo suficientemente amplios como para abarcar distintas formas de acción colectiva, incluida la huelga.
Un hito que fortalece
Esta opinión del tribunal echa por tierra los intentos por debilitar la organización de los trabajadores por parte del sector empresarial y fortalece al movimiento sindical internacional, que durante décadas defendió esta postura.
El secretario general de AEBU, Martín Ford, calificó esta resolcuión como "histórica" y dijo que "se trata de una definición política y jurídica de enorme relevancia para millones de trabajadores y trabajadoras en todo el mundo".
Ford dejó en claro que "no existe libertad sindical real si los trabajadores no tienen herramientas efectivas para defender sus derechos", y que en el contexto actual de avances tecnológicos, digitalización y transformaciones profundas "debilitar sindicatos o restringir el derecho de huelga hubiera implicado desequilibrar aún más la relación entre capital y trabajo".
Cabe destacar que, diferenciándose de otros países que no lo hicieron, el Gobierno uruguayo apoyó oficialmente esta posición en una audiencia en La Haya, honrando y defendiendo su tradición democrática y laboral.
Desde AEBU, esta definición de la Corte Internacional de Justicia debe verse como un respaldo al valor de la organización sindical y a la necesidad de seguir defendiendo derechos que fueron conquistados tras décadas de lucha. Porque cada vez que se intenta relativizar el derecho de huelga, lo que en realidad se busca es limitar la capacidad de los trabajadores de hacerse escuchar.
La huelga no es un privilegio ni una anomalía. Es una herramienta legitima y democrática de defensa colectiva. Sin capacidad de organización y sin posibilidad de conflicto, la negociación entre trabajadores y empleadores deja de ser realmente libre.
El PIT-CNT, por su parte, saludó mediante una declaración del Secretariado Ejecutivo la opinión emitida por la CIJ, e hizo saber su "enorme satisfacción" ante la "victoria histórica" del movimiento sindical.
Archivos complementarios: Declaración del PIT-CNT.pdf
Imagen: Foto: Mauricio Zina / adhoc FOTOS
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias