SALUD / MEDICAMENTOS Y ENFERMEDADES CRÓNICAS
El MSP extiende a un año las recetas para tratamientos crónicos y busca evitar consultas innecesarias
04.05.2026
MONTEVIDEO (Uypress) – El Ministerio de Salud Pública aprobó un decreto que obliga a prescribir por 365 días los medicamentos destinados a tratamientos prolongados de patologías crónicas, salvo indicación clínica fundada. La medida busca asegurar continuidad terapéutica y evitar consultas solo para renovar recetas.
La nueva regulación fue aprobada el 29 de abril por el Poder Ejecutivo y entrará en vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial. El decreto define como tratamiento farmacológico prolongado aquel indicado para patologías crónicas que requieran administración continua e ininterrumpida durante un período igual o superior a 90 días.
El cambio modifica una práctica extendida en el sistema de salud: pacientes estables que debían concurrir cada pocos meses al médico únicamente para repetir una receta. A partir de la entrada en vigencia, los medicamentos destinados a tratamientos prolongados deberán prescribirse por 365 días, salvo que el profesional indique un plazo menor por razones clínicas o farmacológicas debidamente fundadas.
El objetivo del MSP es garantizar la continuidad terapéutica y el acceso oportuno a la medicación en todo el territorio nacional. La norma también obliga a los prestadores de salud a asegurar la provisión ininterrumpida del medicamento durante todo el período prescripto, aunque la dispensación pueda realizarse de forma mensual o de acuerdo con la organización de cada servicio.
La medida alcanza a todos los prestadores integrales del Sistema Nacional Integrado de Salud, incluido el Servicio de Sanidad Militar y el Servicio de Sanidad Policial. Además, el MSP podrá requerir información sobre las prescripciones comprendidas en la norma para supervisar su cumplimiento y aplicar sanciones en caso de incumplimiento.
El decreto excluye expresamente a psicofármacos y estupefacientes, que continuarán regidos por normativa específica. Tampoco elimina los controles médicos necesarios: lo que busca evitar es que la consulta se transforme en un trámite administrativo cuando el tratamiento ya está establecido, controlado y no requiere ajustes inmediatos.
En los tratamientos para enfermedades como diabetes, hipertensión, patologías cardiovasculares, respiratorias crónicas u otras condiciones de larga duración, el cambio puede tener un impacto práctico importante. En el caso de la diabetes, la insulina y otros medicamentos indicados de forma continua quedarían comprendidos si cumplen con los criterios del decreto. En cambio, la inclusión de insumos asociados —como sensores, tirillas, agujas u otros materiales— dependerá de la normativa y de los mecanismos de cobertura específicos, porque el decreto refiere expresamente a medicamentos.
La renovación de una prescripción prolongada previamente iniciada podrá ser realizada por un médico del primer nivel de atención, siempre que exista monitoreo terapéutico y no haya criterios clínicos, farmacológicos o normativos que exijan seguimiento o reevaluación por un nivel especializado. Ese punto busca fortalecer el rol de la atención primaria y descongestionar consultas especializadas que muchas veces quedan ocupadas por renovaciones administrativas.
El Sindicato Médico del Uruguay respaldó la medida y sostuvo que puede ayudar a corregir malas prácticas vinculadas a la repetición automática de recetas, siempre que se mantenga el seguimiento clínico adecuado. La Asociación de Química y Farmacia del Uruguay también destacó la importancia del rol del químico farmacéutico en el acompañamiento de tratamientos prolongados, la educación al paciente, la adherencia y la detección de riesgos asociados al uso sostenido de medicamentos.
Para los usuarios, el cambio no significa ir una vez por año al médico ni abandonar controles. Significa que, cuando una patología crónica está estable y el tratamiento no requiere modificaciones, el sistema no debería obligar al paciente a concurrir solo para obtener una nueva receta. El control médico debe sostenerse por necesidad clínica, no por vencimiento administrativo de la prescripción.
La implementación podrá variar en las primeras semanas según cada prestador, especialmente por ajustes en sistemas informáticos, receta electrónica, farmacia y circuitos internos de dispensación. Pero el estándar normativo ya quedó definido: los tratamientos farmacológicos prolongados para patologías crónicas deberán prescribirse por un año, salvo justificación médica en contrario.
La medida apunta a una mejora sencilla, pero de alto impacto cotidiano. Para miles de personas con enfermedades crónicas, renovar recetas dejará de ser una carga repetida y evitable. Para el sistema, puede significar menos consultas administrativas, mejor uso del tiempo médico y mayor continuidad en tratamientos que, por definición, no pueden interrumpirse por razones burocráticas.
UyPress - Agencia Uruguaya de Noticias