26 Unidades Reajustables

Intendencia multó a Helados CRUFI por presencia de coliformes y estafilococos

29.12.2014

MONTEVIDEO (Uypress) – La Intendencia de Montevideo, a través de su Departamento de Desarrollo Social, aplicó una multa a la firma CRUFI S.A., elaboradora de los helados de la misma marca, luego de detectar un elevado recuento de coliformes totales y Staphylococcus aureus en una muestra de helado.

 

La Intendencia de Montevideo aplicó una multa de 26 Unidades Reajustables a la firma CRUFI S.A., elaboradora del helado de la misma marca, como consecuencia de la detección, en una muestra de helado, de un elevado recuento de coliformes y la bacteria Staphylococcus aureus.

La resolución de la Intendencia, a la que se puede acceder a través de su página web www.imm.gub.uy es la número 415/14/5500, de fecha 24 de diciembre y dice textualmente:

VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la extracción de muestras de crema helada triple de vainilla y dulce de leche y chocolate, del establecimiento destinado a elaboración de helados, propiedad de la firma Crufi S.A., R.U.T. 214644990018, sito en Cno. Durán No. 5693, cuya responsable legal es la señora María Jocellyn Pérez Méndez, C.I. 1.916.482-1, con igual domicilio a los efectos legales; 
RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria informa que de acuerdo con el resultado de los análisis microbiológicos Nos. 119116 y 119120, practicados sobre los mencionados productos, los mismos presentaban clasificación fuera de condiciones reglamentarias, por presencia de elevado recuento de coliformes totales y Staphylococcus aureus; 
2o.) que el citado Servicio, atento a lo expuesto precedentemente estima que correspondería aplicar una multa de U.R. 26 por infringir lo dispuesto en el Art. D. 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de 12/IX/96;
3o.) que con fecha 10/XI/14 se otorgó vista a la interesada lo cual formula descargos que no la exime de la aplicación de sanciones; 
4o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3.092/10, de 12/VII/10 la señora Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de aplicar multas de hasta U.R. 55;

LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS RESUELVE:

1.- Aplicar una multa de U.R 26 (Unidades Reajustables veintiséis), a la firma Crufi S.A., R.U.T. 214644990018, propietaria del establecimiento destinado a elaboración de helados, sito en Cno. Durán No. 5693, cuya responsable legal es la señora María Jocellyn Pérez Méndez, C.I. 1.916.482-1, con igual domicilio a los efectos legales, por infringir lo dispuesto en el Art. D 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de 12/IX/96.-
2.- Intimar a la infractora el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza Bromatológica, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, vencido el cual se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.- Comuníquese a la División Salud y pase al Servicio de Regulación Alimentaria para la notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente.-

 

dfp

 

Salud
2014-12-29T01:05:00

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